OPOSICIÓN DEL COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS DE PUERTO MADRYN AL PROYECO DE LEY 248/2024.

El Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn se expresó institucionalmente, mediante nota remitida a la Honorable Legislatura del Chubut, rechazando el PROYECTO DE LEY N° 248/2024, que postula la adhesión a la “Ley N° 27.348” que modifica la Ley de Riesgos de Trabajo N° 24.557, solicitando se cumplan acabadamente con los requisitos previstos por el artículo 4º de la Ley V-165, convocando esta institución a la Audiencia Pública Legislativa de Carácter Técnico a fin de permitirle la participación activa en la misma.

Señor Presidente

Honorable Legislatura del Chubut

Dr. Gustavo MENNA

S / D.-

De nuestra mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de presidente del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn, en el marco del procedimiento previsto por la Ley V Nº 165 a fin de hacerle llegar las observaciones y el posicionamiento institucional, en virtud de la obligación de colaborar con los poderes en la elaboración de la legislación en general conforme lo prescribe la Ley XIII-11 del ejercicio de la abogacía.

Una vez más, por tercera oportunidad, lo hacemos en relación al proyecto Nro. 248/2024, que postula la adhesión a la “Ley N° 27.348” que modifica la Ley de Riesgos de Trabajo N° 24.557, dejando solicitada la fijación de la Audiencia Pública Legislativa de Carácter Técnico a fin de permitirnos la participación activa en la misma.

Como anticipo de posición, este Colegio adhiere a lo ya manifestado por la Federación Argentina de Colegios de Abogados que nos nuclea, ratificando la postura de los Colegios Federados de la Argentina en cuanto a la potencia inconstitucionalidad de la misma. Para mayor conocimiento, a la nota N° 79/2018-CPAPM presentada en esa Honorable Cámara en agosto de 2018 se adjuntó la Resolución de fecha 08 de junio de 2018.

Recordemos que la Federación Argentina de Colegios de Abogados cuestionó la reforma en cuanto “se restablece un trámite administrativo previo y obligatorio en el reclamo indemnizatorio de infortunios laborales que vulnera de manera clara y fácilmente comprobable los derechos de los trabajadores de la Nación demorando la resolución de sus reclamos que tienen carácter alimentario y tiene que ver con uno de los más caros bienes jurídicos a proteger, que constituye la integridad psicofísica de las personas”.

En efecto, los resultados de las adhesiones de las restantes provincias no han sido los declamados en la exposición de motivos, y mucho menos desde la perspectiva de una justa y rápida determinación e indemnización de los infortunios laborales.

La ley dispone un procedimiento previo previsto para desgastar a los justiciables y a los abogados que los patrocinamos en su reclamo demorando con todo tipo de requisitos previos la fijación de las audiencias respectivas, con casos en que desde la puesta en vigencia de éste nuevo sistema están desde el primer día esperando la fijación de día y hora de audiencia aún no designada.

También, la falta de creación y puesta en funcionamiento de las Comisiones Médicas necesarias obliga a los justiciables y a sus abogados a trasladarse en muchos casos cientos de kilómetros para poder asistir a las audiencias que se les fijen, con los trastornos que ello implica. Si bien, nuestra provincia aún no ha adherido, ya se desprenden de la misma los problemas que aparejaría su vigencia por lo que la FACA y este Colegio Público. En el caso de nuestra ciudad –Puerto Madryn, ni siquiera contamos con una Comisión Médica local, importando una discriminación a raíz del obstáculo para desplazarse a otra ciudad que se le impone al trabajador, accidentado, sin dinero, ni tiempo.

Además, en los juzgados laborales de primera instancia y cámaras de todo el país, las sentencias judiciales se inclinan levemente al rechazo de la Ley 27.348 por considerar que vulnera los derechos

de los trabajadores a una reparación integral, inclusive la reputamos discriminatoria para los trabajadores víctima de una dolencia de índole laboral, principalmente porque propone un retorno a la obligatoriedad de la instancia de las Comisiones Médicas obstaculizando el inmediato acceso directo a la Justicia.

La obstaculización del acceso a la justicia que implementaría la adhesión a la ley 27.348, no puede ser convalidada por esa Honorable legislatura. De manera se deja expresado el más amplio rechazo a la adhesión de la Provincia del Chubut a la ley nacional, por resultar una norma cuya potencial inconstitucionalidad será motivo de mayor litigiosidad en nuestros tribunales provinciales.

Por las consideraciones expuestas, solicitamos se tengan por presentadas en legal tiempo y forma las observaciones dejando planteado el frontal rechazo al PROYECTO DE LEY 248/2024 y se cumplan acabadamente con los requisitos previstos por el artículo 4º de la Ley V-165, convocando esta institución a la Audiencia Pública Legislativa de Carácter Técnico.

Sin otro particular, lo saludamos con nuestra más distinguida consideración.

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