El Colegio Público de Abogados de la ciudad de Puerto Madryn envió una nota al Dr. Mario Luis Vivas, presidente del Superior Tribunal de Justicia, para que disponga, a partir del día 13 de Abril, el urgente restablecimiento del Servicio de Justicia, sin poner en riesgo la salud pública, ni la de los trabajadores, funcionarios y magistrados del Poder Judicial, abogados y demás auxiliares de Justicia, considerando que la actividad judicial se encuentra dentro de los servicios esenciales que debe prestar el Estado provincial. La abogacía y la sociedad requieren que la Justicia vuelva a funcionar en todas sus dependencias, sin restricciones.
En la nota se expresó que, como abogados y defensores acérrimos del Estado de Derecho, se procura la integridad de la abogacía como pilar esencial de la Justicia, a fin de garantizar la pacífica convivencia social y asegurar el goce de los derechos humanos, sociales y económicos de toda la comunidad y la posibilidad de los profesionales de ejercer una actividad lícita y fuente del sustento familiar, que hoy se encuentra gravemente afectada, en particular en los noveles abogados y abogadas.
Las soluciones transitorias dictadas por el Superior Tribunal de Justicia que dispusieron declarar inhábiles los plazos hasta el día 12 de Abril, no resultan sustentables en el tiempo. “Los días transcurren y, además de la parálisis económica que supone para la sociedad todo el aislamiento dispuesto por las autoridades, el Servicio de Justicia es inexistente y por cierto que, tal como lo hemos expresado en numerosas oportunidades ante la calamitosa situación económica de nuestra Provincia, no puede dejar de prestarse ni mantenerse en un limbo de inoperancia” se sostuvo desde la institución.
Se hicieron llegar a las autoridades del Superior Tribunal de Justicia aportes y propuestas para que pueda restablecerse, a partir del próximo 13 de abril, un adecuado funcionamiento del servicio de justicia. Entre otras iniciativas, se solicitó:
- La instauración plena de la presentación de escritos en forma digital o con firma electrónica, en forma remota, como así también la realización de audiencias por sistema de teleconferencia en aquellas causas que por su tipo admitan esa modalidad.
- Que se ponga en funcionamiento la Firma Digital en los términos de la Ley Nacional 25.506 y la Acordada Nº 3249 del Superior Tribunal de Justicia, la que permitirá no solo la presentación de escritos judiciales, sino también el diligenciamiento de oficios y demás comunicaciones oficiales asegurando la autoría y autenticidad de los documentos.
- Que se ordene a todos los juzgados a disponer la apertura de una mesa de entradas virtual (con una casilla de correo electrónico oficial) a los fines de recibir presentaciones judiciales de trámite en los expedientes.
- Se encomiende a la Administración General del Poder Judicial que extreme la adopción de todas las medidas pertinentes a los fines de asegurar las condiciones de higiene y salubridad de los espacios afectados al funcionamiento del Poder Judicial.
- Se avance en forma acelerada y decidida en el cumplimiento de la Ley XIII – 21 para la presentación y gestión electrónica en el servicio de administración de Justicia, cuya demora ha colocado a la provincia en inferioridad de condiciones respecto del resto del país.
Se destacó que para implementar estas iniciativas no será inconveniente la cuestión económica, pues el Superior Tribunal de Justicia puede afectar los recursos provenientes de intereses por las cuantiosas sumas de dinero impuestas a plazo fijo, para invertirlos en el Servicio de Justicia.