El Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn informa a la población y puntualmente a las víctimas y/o familiares de accidentes de trabajo, de tránsito, transporte, etc. que pretendan efectuar reclamos por traumatismos, lesiones, o cualquier tipo de incapacidad física o psíquica, que deben asistirse por intermedio de abogados matriculados en la Provincia del Chubut.
Debe evitarse recibir asesoramiento por intermedio de gestores y otros medios de captación ilegítima de clientes a través charlas, asistencia jurídica ocasional de asociaciones gremiales que pretendan derivar los casos hacia abogados que no sean de su conocimiento y confianza y jamás otorgar mandatos o autorizaciones para formular reclamos de índole económica a abogados foráneos que con promesas de mejores resultados, trasladan las actuaciones judiciales fuera del domicilio del cliente.
En la provincia del Chubut y conforme lo prescripto por la Ley XIII-11, los únicos abogados habilitados para ejercer la profesión deben tener Estudio Jurídico en la provincia y estar inscriptos –obligatoriamente- en alguna de las matrículas de los Colegios Públicos de las ciudades de Esquel, Sarmiento, Comodoro Rivadavia, Trelew y Puerto Madryn.
Por lo tanto, frente a las reiteradas quejas de damnificados disconformes con este tipo de derivaciones de casos (principalmente hacia la Capital Federal), informamos de la inconveniencia y riesgo de aceptar la intervención profesional de abogados que no tienen domicilio constituidos en la zona, ni pueden ser controlados en su ejercicio profesional por los Colegio de Abogados de la provincia del Chubut.
El Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn, pone a disposición el listado de matriculados en su sitio web www.cpapm.org.ar o bien en la Sede de la calle Ing. Osvaldo Fennen Nº 58 en el horario de 07.00 a 13.00 horas.