Requisitos para la matriculación de abogados
Los abogados y procuradores que soliciten su inscripción en la Matrícula cuyo gobierno ejerce este Colegio Público de Abogados deberán cumplimentar los siguientes requisitos, como condición sin ecuánom para el otorgamiento de la misma.
Los requisitos son:
1) Dos (2) fotos carnet ¾ perfil derecho fondo celeste actualizada, tamaño 4×4 cm.
2) Certificado del Registro Nacional de Reincidencias y Estadística Criminal. (pág. Web: www.dnrec.jus.gov.ar o www.jus.gov.ar/rnr-certificado)
3) Certificado de domicilio expedido por Policía.
4) Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad. El domicilio debe coincidir con el obrante en el certificado de domicilio solicitado en el punto 3).
5) Original y fotocopia legalizada por ante Escribano del Título (debe constar el sello del Ministerio de Educación de la Nación. En aquellos títulos expedidos con anterioridad al 01 de enero de 2012 deben contar también con el sello del Ministerio del Interior).
6) Constancia de Finalización de Estudios y otorgamiento del Título expedido por la Universidad correspondiente, o en su defecto el Analítico.
7) Nota solicitando la matrícula dirigida al presidente de la Institución declarando domicilio real y constitución de domicilio especial en carácter de estudio jurídico en la jurisdicción del Colegio.
8) Completar ficha de datos personales, la que deberá ser firmada ante la autoridad que designe el Directorio del Colegio.
9) Pago por la suma equivalente a 15 JUS (al valor actualizado se puede consultar en la página www.juschubut.gov.ar). El pago puede realizarse en efectivo o con debito en la sede del Colegio, mediante transferencia bancaria o a través de Mercado Pago.
10) Cancelar seis (6) cuotas mensuales, por adelantado, si se encuentra radicado en otra Provincia.
11) La documentación debe ser presentada con una antelación suficiente para ser ingresada a consideración en reunión de Directorio llevadas a cabo cada 15 días, a fin de que se preste el juramento previsto en el art. 16 Ley XIII N° 11, el último viernes de cada mes.
Consideraciones especiales:
Egresados de Universidades Estatales: Los títulos emitidos por las Universidades Nacionales Estatales deberán tener legalizadas las firmas de las autoridades otorgantes por el Ministerio de Educación y Cultura de la Nación.
Egresados de Universidades Privadas: Los títulos emitidos por las Universidades Privadas deberán ser revalidados ante la dirección de altos estudios del Ministerio de Educación y Cultura de la Nación en cumplimiento del decreto nacional Nº 17604/67 y luego cumplir con el requisito del párrafo anterior.
- Los datos de la solicitud deben coincidir en un todo con los expresados en el título.
- Cuando se cuente con inscripción en otro/s Colegio/s Público/s, deberán acompañar antecedentes de su actuación en la Jurisdicción de los mismos, expedido por el Colegio competente.
- Se debe constituir domicilio especial con carácter de Estudio Jurídico en la jurisdicción donde se matricula.
- Declaración bajo juramento de no estar afectado por ninguna de las incompatibilidades absolutas o especiales o impedimentos establecidos en el art. 3º de la Ley XIII N°11.