CPAPM: Preocupación sobre la prolongación de los efectos del conflicto salarial del poder judicial

El Directorio del Colegio de Abogados de Puerto Madryn expresa su profunda preocupación por la prolongación de los efectos del conflicto salarial del Poder Judicial, que pone en riesgo el servicio esencial de justicia, pilar fundamental del Estado de Derecho.

Somos respetuosos del derecho de los trabajadores en su reclamo por falta de pago, y toda vez que es función de este Colegio velar por los intereses de nuestros colegiados en su carácter de auxiliares de la justicia, quienes se ven afectados en sus labores cotidianas, EXHORTAMOS al Poder Ejecutivo provincial a que disponga los fondos presupuestados para el Poder Judicial.

Peticionamos que se habiliten los canales de dialogo habituales para resolverlos, mediante un órgano imparcial que garantice a los trabajadores estatales el derecho a la substanciación de sus conflictos colectivos y disponer el restablecimiento de servicio.

Asimismo, nos corresponde exigir del Superior Tribunal de Justicia y por su intermedio a funcionarios y empleados, a que encuentren caminos superadores, para que se asegure a los habitantes de nuestra Provincia la tutela judicial, continua y efectiva, y el acceso irrestricto a la justicia, así como el derecho de los abogados a trabajar, garantizando el funcionamiento y evitando que se vulneren los principios y derechos consagrados constitucionalmente.

Estas medidas afectan a todos los operadores jurídicos, pero tiene al justiciable como víctima final, por lo cual que se exhorta al Superior Tribunal de Justicia que: (i) Garantice el libre ingreso, permanencia y egreso de los abogados y de los justiciables en todas las dependencias judiciales como también la seguridad de los mismos. (ii) Que los funcionarios y jueces estén a disposición de los letrados para su atención en mesa de entradas, y que se sigan tomando las audiencias fijadas, recibiendo todos los escritos que se presenten, como así también cédulas, mandamientos y oficios despachándose en debido tiempo y forma durante toda la jornada judicial. (iii) Y que, como última medida, se resuelva la suspensión de términos judiciales, pues su secuela es la más gravosa que se pueda disponer en perjuicio de la prosecución de los trámites.

Finalmente y en relación a la transparencia en el manejo de los fondos públicos que exige el sistema republicano de gobierno, se reclama un uso racional de los recursos asignados y la necesidad de hacer públicos los salarios que perciben todos los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial, del mismo modo que lo hace el Poder Ejecutivo provincial.

Directorio del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn.




Día internacional de la Mujer

El Colegio de Abogados de Puerto Madryn saluda a todas las mujeres en el día Internacional de la Mujer, especialmente a aquellas que abrazaron la profesión de abogadas.

Recordar este día es hacer memoria de un largo camino a través de la historia en la búsqueda de la igualdad de género.

Comisión Directiva del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn




Colegios de abogados del Chubut

El pasado viernes 23 de Febrero nos reunimos en la ciudad de Comodoro Rivadavia los Colegios de Abogados del Chubut a fin de analizar diversas cuestiones de interés común. Del mismo participaron los presidentes de los Colegios de Comodoro Rivadavia y Trelew, Nicolás Demitriou y Eduardo Fernández Lubo y varios colegas de ambos directorios.

El Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn estuvo representado por el Dr. Hipólito Giménez y el Dr. Patricio Castillo Meisen.

Entre otros, se debatió sobre los siguientes temas, cuyas conclusiones serán publicadas en los próximos días:

  1. Consultorio Jurídico Gratuito: Unificación de criterios y análisis de problemáticas.
  2. Facultades exclusivas de los Tribunales de Disciplina de los Colegios para sancionar a los abogados en el ejercicio profesional. El avance de los jueces sobre tales facultades.
  3. Formación de una Comisión provincial para el análisis de conveniencia y factibilidad de puesta en marcha de la caja jubilatoria creada por la Ley XVIII Nº 42.
  4. Tasa de Justicia: a) aumentos y, b) análisis crítico del anteproyecto elaborado por el Superior Tribunal de Justicia.
  5. Unificación del valor del Bono de Derecho fijo.
  6. Proyecto de reforma de ley del Consejo de la Magistratura de la Nación.
  7. Eliminación de arancelamiento de notificación en la ciudad de Comodoro Rivadavia.
  8. Otorgamiento de una matrícula honoraria a los profesionales que cumplan 75 años de edad y determinados requisitos de residencia y antigüedad en la matrícula del Colegio.
  9. Participación de los Colegios de Abogados en la Comisión interpoderes para la reforma del Código Procesal Civil y Comercial.
  10. Situación del Digesto Jurídico de la provincia.
  11. Reclamo al Superior Tribunal de Justicia sobre publicidad de las declaraciones juradas de bienes de sus integrantes y publicación de la nómina y salario de sus empleados.



Entrega de tierras fiscales municipales al ISSYS. Advertencia del colegio público de abogados de Puerto Madryn

La entrega de tierras del patrimonio del Estado municipal, ubicadas en el sector Sur de la ciudad, en pago al Instituto de Seguridad Social y Seguros del Chubut (ISSyS) por omitir las autoridades municipales el depósito de los aportes y contribuciones de sus empleados al sistema de la seguridad social provincial por varios años, transformaría en nula la ordenanza que disponga la aprobación del convenio suscripto entre las partes.

Según surge del convenio, la deuda acumulada hasta el mes de noviembre de 2017, asciende a $174.406.639,29 y en pago se otorgarían dos fracciones de tierra por un total de 92.781 metros cuadrados. Además se beneficiará al ISSyS con la exención en el pago del impuesto inmobiliario y tasas retributivas de servicios por el plazo de 20 años, renunciando el municipio a establecer en el lugar espacios verdes públicos, permitiendo parcelamientos y demás valores urbanísticos como factor de ocupación y construcciones en altura, que distorsionarían las pautas urbanísticas previstas para la zona, otorgando -con todos estos beneficios- un valor inmobiliario muy superior al importe de la operación de dación en pago; por lo tanto una valuación incorrecta conllevaría un vicio grave en el elemento causa del acto de disposición.

Habiendo tomado estado público la posible comisión de un delito (falta de ingreso de aportes al sistema previsional previsto y reprimido por el artículo 7 del Régimen Penal Tributario agravado por artículo 12 del mismo texto) el Ministerio Público Fiscal debería intervenir de oficio a fin de esclarecer los hechos.
Destacamos también como inadmisible que se afecte el patrimonio de todos los madrynenses para cancelar una deuda que podría configurar un ilícito penal, quebrantando el requisito de moralidad del acto administrativo derivado del artículo 19 de la Constitución Nacional frente a la transgresión del orden y la moral pública, en perjuicio de todos los ciudadanos de Puerto Madryn.

Sin perjuicio de lo expuesto, no debe omitirse señalar lo que prescribe la Constitución Provincial en su artículo 233, inc. 10 y la Carta Orgánica Municipal en su artículo 210 que requieren, de forma expresa, que toda enajenación de bienes inmuebles del Municipio, excepto las tierras para viviendas sociales, debe efectuarse mediante ofrecimiento público, con garantía de publicidad, concurrencia e interés público, además de requerir el voto de los dos tercios del total de los miembros del Cuerpo deliberativo.

En razón de ello, la venta de estos bienes solo podrá efectuarse por ofrecimiento público, siempre que dicha estimación de ingresos de recursos y el destino de los mismos, esté debidamente contemplada en el presupuesto municipal, a fin de garantizar con ello la irrestricta sujeción al principio de legalidad que rige todo el obrar de las autoridades estatales.

El Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn, tomando en cuenta las circunstancias expuestas y el deber irrenunciable de colaborar con los poderes públicos en la elaboración de la legislación en general, establecido en la Ley de Colegiación Pública XIII- Nº11, exhorta al Concejo Deliberante a que no ratifique el Convenio de Reconocimiento de Deuda y Acuerdo de Dación en Pago firmado por la Municipalidad de la ciudad de Puerto Madryn y el Instituto de Seguridad Social y Seguros, Registrado el Tomo 17, Folio 72, Nº de Orden 47099.

Directorio del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn.




Ampliación CPAPM

Estimados colegas:

Durante el mes de enero han comenzado las obras de ampliación de nuestra sede que en una primera etapa duplicará la superficie construida para dar lugar a un salón para conferencias, con una capacidad para 150/180 personas, aula para capacitación y biblioteca, cocina y dos nuevos sanitarios, para con posterioridad readecuar la fachada e ingreso a la Sede del Colegio, con una nueva escalera y ascensor.

Durante el transcurso de la obra, que tendrá una duración aproximada de 6 meses, se encuentra inhabilitado el estacionamiento dentro del Colegio, pues allí está instalado el obrador, sanitario y acopio de materiales. Como el ingreso del personal y materiales se efectúa por el portón principal, resulta imprescindible no obstaculizar ese acceso con vehículos particulares.

Aprovechamos esta oportunidad para informarles que luego de un proceso de selección de personal realizado por la Consultora Norma Sena y efectuados los diagnósticos psicotécnicos y médicos convenientes, se designó a partir del día de hoy y como nueva empleada a la Señorita Sandra Estefanía Velásquez Arriagada, que cumplirá sus tareas de lunes a viernes de 07.00 a 14.00 horas y estará a disposición de todos los colegas.

Cordiales saludos y buen año laboral para todos nuestros abogados matriculados.

Directorio del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn




Distinción a la trayectoria “Juan Bautista Alberdi”

El Directorio del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn instituyó una Distinción a la Trayectoria para aquellos matriculados en la institución que celebren los 50 años de abogados.

La mención de honor, que se identifica con un diploma y una medalla de oro, lleva el nombre del Dr. Juan Bautista Alberdi, abogado de gran ejemplo cívico que se ha destacado por su pensamiento filosófico, político, jurídico, social y económico y que con su obra contribuyó a fundar los ideales universales de una comunidad jurídica que garantice la paz y los derechos humanos, inspiradora y educadora de varias generaciones de abogados y de toda persona respetuosa de la Ley y la Constitución.

En esta primera oportunidad, la Distinción a la Trayectoria “Dr. Juan Bautista Alberdi” será entregada al Dr. Hipólito Giménez, matricula 019, quien el pasado 23 de Noviembre celebró el 50º Aniversario de su egreso como abogado de la Universidad Nacional de La Plata.

El Colegio de Abogados ha tomado en consideración, además de los requisitos previstos en la Resolución Nº 57/17, las condiciones humanas y profesionales del colega y su disposición para colaborar con el Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn, quien en su trayectoria se ha destacado por la permanente participación y colaboración tanto profesional, como cuando ejerció cargos en el Directorio de nuestro Colegio, compartiendo sus conocimientos con el resto de sus colegas a través de sus aportes jurídicos y aquellos relacionados con el ejercicio de la profesión.

Invitamos a todos los profesionales a acompañar esta celebración el día 22 de Diciembre a las 12.30 hs. en la Sede de nuestra institución ubicada en la calle Ing. Fennen 58.

Directorio del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn.