Ampliación CPAPM

Estimados colegas:

Durante el mes de enero han comenzado las obras de ampliación de nuestra sede que en una primera etapa duplicará la superficie construida para dar lugar a un salón para conferencias, con una capacidad para 150/180 personas, aula para capacitación y biblioteca, cocina y dos nuevos sanitarios, para con posterioridad readecuar la fachada e ingreso a la Sede del Colegio, con una nueva escalera y ascensor.

Durante el transcurso de la obra, que tendrá una duración aproximada de 6 meses, se encuentra inhabilitado el estacionamiento dentro del Colegio, pues allí está instalado el obrador, sanitario y acopio de materiales. Como el ingreso del personal y materiales se efectúa por el portón principal, resulta imprescindible no obstaculizar ese acceso con vehículos particulares.

Aprovechamos esta oportunidad para informarles que luego de un proceso de selección de personal realizado por la Consultora Norma Sena y efectuados los diagnósticos psicotécnicos y médicos convenientes, se designó a partir del día de hoy y como nueva empleada a la Señorita Sandra Estefanía Velásquez Arriagada, que cumplirá sus tareas de lunes a viernes de 07.00 a 14.00 horas y estará a disposición de todos los colegas.

Cordiales saludos y buen año laboral para todos nuestros abogados matriculados.

Directorio del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn




Distinción a la trayectoria “Juan Bautista Alberdi”

El Directorio del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn instituyó una Distinción a la Trayectoria para aquellos matriculados en la institución que celebren los 50 años de abogados.

La mención de honor, que se identifica con un diploma y una medalla de oro, lleva el nombre del Dr. Juan Bautista Alberdi, abogado de gran ejemplo cívico que se ha destacado por su pensamiento filosófico, político, jurídico, social y económico y que con su obra contribuyó a fundar los ideales universales de una comunidad jurídica que garantice la paz y los derechos humanos, inspiradora y educadora de varias generaciones de abogados y de toda persona respetuosa de la Ley y la Constitución.

En esta primera oportunidad, la Distinción a la Trayectoria “Dr. Juan Bautista Alberdi” será entregada al Dr. Hipólito Giménez, matricula 019, quien el pasado 23 de Noviembre celebró el 50º Aniversario de su egreso como abogado de la Universidad Nacional de La Plata.

El Colegio de Abogados ha tomado en consideración, además de los requisitos previstos en la Resolución Nº 57/17, las condiciones humanas y profesionales del colega y su disposición para colaborar con el Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn, quien en su trayectoria se ha destacado por la permanente participación y colaboración tanto profesional, como cuando ejerció cargos en el Directorio de nuestro Colegio, compartiendo sus conocimientos con el resto de sus colegas a través de sus aportes jurídicos y aquellos relacionados con el ejercicio de la profesión.

Invitamos a todos los profesionales a acompañar esta celebración el día 22 de Diciembre a las 12.30 hs. en la Sede de nuestra institución ubicada en la calle Ing. Fennen 58.

Directorio del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn.




Felicitaciones a la nueva Mesa Directiva de la Federación Argentina de Colegios de Abogados y éxitos en este nuevo mandato. Discurso de asunción F.A.C.A. 2017

Buenas tardes. Quiero iniciar estas palabras agradeciendo la presencia de los expresidentes de nuestra Federación, del expresidente de la Orden de Abogados de Brasil (OAB), Roberto Busatto, y a los presidentes y delegados de colegios del país que demuestra su compromiso institucional con nuestra Federación.

Debo agradecer a los integrantes de la Mesa Directiva cuyo mandato hoy termina, y a quienes tenemos mucho por reconocer, entre otras cosas, la responsabilidad y la cordialidad con la que han trabajado en todo momento estos dos años.

Quiero reconocer y destacar el compromiso de los integrantes de la próxima Mesa, porque aceptaron este desafío, así como a los presidentes de los colegios que apoyaron y acompañaron este proyecto.

En estas ocasiones uno siempre omite involuntariamente personas o instituciones que han sido cruciales en nuestra vida profesional y gremial. Pero no puedo dejar de recordar a mis colegas de Santa Fe, y en especial, a quienes han sido parte de mi colegio, gracias a quienes hoy estoy aquí.

A mi hermano, Juan Miguel, mi consejero permanente y, finalmente a mi mujer y a mis hijos, que son mi vida entera. Sin su apoyo no hubiese tomado la decisión de asumir esta responsabilidad. Para ellos, de corazón, mi total y sentida gratitud.
Hoy asumimos nuevamente la conducción de nuestra Federación con la renovada confianza de los Colegios, lo cual nos obliga a cumplir con mayor responsabilidad aún si cabe, las tareas y objetivos de nuestra Institución.

No me referiré a lo que hemos realizado, sino a los desafíos que el país y la Abogacía tienen por delante, y entre los que se destacan algunas reformas legislativas a nivel nacional, como, la reforma judicial, la previsional, la tributaria, la laboral, y la ley orgánica del Ministerio Público Fiscal. De todos los proyectos en curso, hay dos que son claves en nuestra gestión: el de la matrícula federal y el de la reforma del Consejo de la Magistratura.

Sin perjuicio de la atención que prestemos a estos temas, no descuidaremos la defensa de los abogados, de los colegios y la jerarquización de nuestra profesión, que fueron y serán objetivos permanentes de la F.A.C.A., junto con el respeto de nuestras incumbencias profesionales y la formación profesional. Para ello nos comprometemos a participar activamente en todos los debates en que se traten estos temas.

No obstante lo hasta aquí expresado en referencia a cuestiones que son y serán claves para la Abogacía y para la sociedad en los próximos años, también seguirán siendo objeto de ocupación y preocupación para esta conducción el servicio de justicia, la mora judicial, las vacantes en el Poder Judicial y sus concursos, así como también la formación universitaria de los abogados. Nuestras acciones y posiciones al respecto serán públicas, se compartirán con toda la sociedad y también con los Poderes, con quienes analizaremos sus orígenes, su evolución y las posibles soluciones.

Creemos en el diálogo y en la búsqueda permanente de consensos con los Poderes Públicos, a quienes seguiremos expresando nuestras opiniones para profundizar el debate claro, razonable, basado en argumentaciones sólidas, tanto sobre las cuestiones fundamentales como en los pequeños temas cotidianos y concretos de la profesión, centrados todos, fundamentalmente, sobre las acciones que se deben llevar a cabo para mejorar el servicio de Justicia.

Pero el problema de la Justicia no es el problema de las leyes que debe aplicar, sino el problema de las personas, quienes en ocasiones tomamos nuestros defectos por virtudes. Sostengo que, además de modificar las leyes que correspondan, debemos mejorar todos los que estamos involucrados con el servicio de Justicia, esencial en un sistema democrático y republicano de gobierno, servicio que se mide, entre otras cosas, por la estatura moral e intelectual de quienes lo brindan.
En los últimos años el Poder Judicial ha sido objeto de una exposición pública como muy pocas veces en la historia de nuestra nación, abriendo un debate sobre su funcionamiento que aún no está cerrado. La imagen de la Justicia en la Argentina está lesionada, está herida en su calidad y en sus tiempos de respuesta; mientras los justiciables y los abogados piden y esperan soluciones, que requieren, indudablemente, una planificación para ser ejecutadas y para conseguir, de este modo, el anhelado afianzamiento de la Justicia y la garantía del derecho a la tutela judicial efectiva a todos los habitantes de nuestro país. Con una visión clara, objetiva y equilibrada tanto de la realidad como de los recursos, deberían concretarse los planes de tareas que permitieran lograr tales objetivos cuanto antes.

Reflexionando sobre el desempeño que ha tenido la Abogacía organizada a lo largo de estos años, al defender la libertad, la democracia, las instituciones republicanas, la independencia del poder judicial, el prestigio de la profesión y su ejercicio liberal, he comprendido que los Colegios de Abogados son instituciones indispensables para que la República pueda concretar su futuro de grandeza, pues nuestra función excede lo meramente corporativo. La Abogacía tiene carácter “público”; somos colaboradores y auxiliares de la Justicia y, si bien el Estado garantiza a sus ciudadanos el debido proceso y el derecho de defensa, es imposible que lo logre sin nuestra función.

Entiendo que estamos en un momento único y decisivo, en el cual debemos comprometernos a mejorar nuestra actual democracia. Esta situación reclama una rápida, profunda y esencial transformación política, jurídica, social y económica, para que pueda ser valorada por las generaciones futuras, y para que éste esfuerzo no se malogre por disputas, recelos, intereses mezquinos, corrupción y atajos a los que, lamentablemente, somos tan propensos por naturaleza.

Para finalizar, los convoco a seguir trabajando desde sus Colegios y desde nuestra Federación, en concreción de los objetivos trazados, dirigidos, principalmente, a la defensa de la República y de nuestra profesión.

Muchas gracias.

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2017
Eduardo Andrés Massot
Presidente de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.)




Nueva iniciativa del superior tribunal de justicia merece el rechazo del colegio público de abogados de Puerto Madryn

“Donde la justicia es cara, nadie la busca, y todo se entrega al dominio de la iniquidad” (Juan Bautista Alberdi “Bases y puntos de partida…”)

El Superior Tribunal de Justicia del Chubut envió a los Colegios de Abogados un nuevo anteproyecto para modificar la Ley de Tasa de Justicia, elevando considerablemente los montos que los ciudadanos deben pagar por este concepto.

El CPAPM reiteró la postura expresada en el año 2016 denunciando que el STJ se excede, visible y notoriamente, en las atribuciones que le acuerda el art. 176 de la Constitución Provincial, que sólo y únicamente le permite coparticipar en la actividad legislativa en lo referente a la organización y procedimientos judiciales y en lo que hace al funcionamiento de los servicios conexos a la justicia. Este exceso, ya manifestado con la presentación del primer proyecto enviado a la Legislatura en el año 2015, supera lo meramente formal, por cuanto roza la división de poderes y el sistema de incumbencias previsto en la Constitución Provincial.

Con cita del caso Cantos vs. Argentina, expresó que esta iniciativa va en contra de las tendencias que se registran en el campo del Derecho Internacional de los Derechos Humanos que apuntan a lograr la mayor facilidad posible para el ejercicio del derecho de acceso a la Justicia por parte de los ciudadanos, el que, de manera uniforme, es considerado hoy un derecho humano fundamental.

Pese a que la provincia del Chubut ocupa el segundo lugar, después de la provincia de Mendoza , entre las provincias que mayor incidencia tiene el presupuesto del Poder Judicial sobre el total del presupuesto provincial, el Poder Judicial de nuestra provincia carece de inversiones, de infraestructura edilicia adecuada y de recursos informáticos que generan deficiencias que afectan sobremanera el desempeño de todos los operadores jurídicos, abogados, magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial. Para solucionar estos problemas estructurales, no se puede cargar sobre la ciudadanía que requiere del servicio de Justicia, y también contribuye con el pago de sus impuestos, los gastos que genera el Poder Judicial, con altos costos laborales que implican, según expresiones públicas del Dr. Mario Luis Vivas, que más del 95% del presupuesto sea destinados al pago de los salarios.

Sostuvo nuestro Colegio que pese a que no han dado a conocer las cifras, no puede desconocerse que los ingresos propios del Poder Judicial se vieron sustancialmente incrementados con la modificación de las tasas mínimas y el aumento desmedido de las tasas fijas, mediante la modificación de la Ley anual de Obligaciones Tributarias y que del modo planteado, que busca exclusivamente fines recaudatorios, no estamos ante una tasa, sino ante un impuesto encubierto, destinado a sufragar el altísimo costo laboral que insume el Poder Judicial.

Se calificó al anteproyecto, además de inconstitucional, como engorroso, contradictorio, sumamente reglamentarista, con inadmisibles delegaciones legislativas en el Poder Judicial y que otorga a una oficina del Poder Judicial inéditas funciones inquisitorias, que desbordan la competencia del órgano judicial.

Con la imposición de tasas como lo pretende el anteproyecto enviado por el STJ, el Colegio de Abogados de Puerto Madryn entiende que estamos ante una política de expulsión de aquellos que, sin llegar al extremo de tener lo necesario para la subsistencia, no puedan pagar los importes que se exigen y en este rango se ubica la mayor cantidad de nuestros conciudadanos, quienes, con este esfuerzo desmedido para recaudar, encontrarían vulnerados sus derechos protegidos por la Constitución Nacional. Lejos se encuentra esta iniciativa de cumplir con la manda constitucional de “afianzar la Justicia”, pues del modo planteado se deja al instituto de litigar sin gastos como la única alternativa para acceder al servicio de justicia.

“El caso Cantos vs. República Argentina, es un llamado de atención a nuestro ordenamiento jurídico para repensar la cuestión relativa a la Tasa de Justicia y no vedar un derecho constitucional como es el acceso a la justicia. El Superior Tribunal de Justicia del Chubut, no puede desoír a la Corte Interamericana, no solo violando las formas mediante este anteproyecto respecto del cual no tiene las facultades constitucionales para proponerlo, sino apartándose de los principios de racionalidad y legalidad, infringiendo derechos de raigambre constitucional” , se expresó en la nota presentada el día 4/12/17 que se adjunta para vuestro conocimiento.
Reiteró el CPAPM el pedido de una participación efectiva en las propuestas que pudieran surgir, tal lo prometido por los integrantes del Superior Tribunal, para que sean analizadas, enriquecidas y debatidas con el aporte de los Colegios de Abogados del Chubut.

El Colegio de Puerto Madryn propuso nuevas tasas diferenciadas, vinculadas a las cuestiones patrimoniales del derecho de familia, reclamamos que se incluya el pago de la Tasa de Justicia al inicio de las ejecuciones fiscales, el aumento de la Tasa en los Concursos y Quiebras, la devolución de la tasa cuando no existe contraprestación del Poder Judicial y el establecimiento de topes máximos en concepto de Tasa de Justicia, para no tener una desproporción exagerada con el costo del servicio de justicia que se brinda.

Entre otras observaciones, se hizo saber que:

  1. El hecho imponible, como está establecido en la actual Ley XXIV-13 y en la Ley 23.898 debe estar dado por las “actuaciones” que tramitan en la Justicia y no por los “servicios” que preste la Justicia;
  2. No resulta admisible que, en caso de iniciarse ejecuciones de sentencia, tercerías y ejecuciones de honorarios vuelva a pagarse la Tasa de Justicia, estas actuaciones no importan nuevos juicios a los fines tributarios, sino sólo la continuación de los sentenciados.
  3. El art. 3 º en tanto eleva y generaliza la tasa al 3% para todas las actuaciones susceptibles de apreciación pecuniaria, elimina tasas reducidas que deben seguir previstas para las actuaciones sucesorias, protocolización de testamentos, juicios de mensura y deslinde, tercerías, exhortos y en los procedimientos judiciales que tramitan recursos directos contra resoluciones dictadas por el Poder Ejecutivo Provincial o Municipal, sus dependencias administrativas y las entidades autárquicas;
  4. Propiciamos que en las acciones judiciales de contenido patrimonial derivadas del matrimonio y de las uniones convivenciales, por las que se tramite la distribución y/o partición de bienes entre cónyuges y/o convivientes se establezca una Tasa de Justicia reducida al 50%, dado que el Estado tiene el deber constitucional de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia (art. 25 de la Constitución Provincial y artículo 14 de la Constitución Nacional).
  5. Resulta conveniente seguir los lineamientos de la Ley XXIV-13 y para determinar el valor del juicio, no tomar en cuenta los intereses ni las costas (art. 8º Ley XXIV-13) como se propone, y eliminar en todos los casos la determinación “según el monto mayor” ;
  6. Carece de toda justificación incrementar la base imponible adicionando al valor fiscal un 30%, pues ya son suficientemente altas las valuaciones fiscales como para encarecer aún más el costo para acceder a la Justicia. En idéntico sentido, es inadmisible que ante la presentación de una tasación del bien, en el transcurso del juicio y por cualquier circunstancia, se obligue a integrar la diferencia hasta fijar el 3% sobre el valor de venta de la propiedad;
  7. La imposición de multas por diferencias entre la declaración jurada presentada y la determinación por parte del Tribunal, carece de justificación;
  8. En los juicios sucesorios es un exceso tributar sobre los bienes ubicados en extraña jurisdicción, en tal caso se puede seguir los lineamientos de la Ley nacional que reduce el tributo a la mitad (0.75%). Se debe conservar la oportunidad del pago fijada por la Ley XXIV-13, es decir dentro de los 30 días siguientes a quedar firmes las valuaciones y no se encuentra justificación alguna a la obligación de incluir todos los bienes del causante, bajo apercibimiento de multa. Esta situación hace inviable todo trámite sucesorio y generará situaciones de evidente arbitrariedad, pues resulta habitual que los herederos no conozcan “todos” los bienes del causante, incluso la existencia de otros posibles herederos. La presunción de pleno derecho que en caso de denunciar bienes inmuebles existen bienes muebles en todos ellos, resulta excesiva y atenta contra la protección de la familia, la cual eventualmente habita una vivienda amoblada, en caso de tener varios bienes inmuebles y contra el derecho de propiedad, pues también los terrenos baldíos pagarían un sobrecosto, sin admitir prueba en contrario;
  9. En los juicios de divorcio en los que se liquide la sociedad conyugal deberá mantenerse la oportunidad de pago establecida por el art. 10 inc. d) de la Ley XXIV-13 y descartarse la presunción de pleno derecho respecto de la existencia de bienes muebles en todos los inmuebles, adicionando un 5% a la base imponible;
  10. Atenta contra los derechos del trabajador imponerle el pago de la Tasa de Justicia, en todo o en parte, en un reclamo laboral;
  11. En el caso de las autorizaciones para comprar, vender o disponer de bienes de incapaces, se estima conveniente reducir la tasa de justicia en un 50%, en razón de los principios constitucionales comprometidos;
  12. La disminución de tasa cuando existe una homologación de un acuerdo extrajudicial al 50% resulta conveniente, pero no limitándola a la etapa procesal previa al dictado del auto de apertura a prueba, sino al dictado de la sentencia;
  13. Las mediaciones voluntarias deben ser estimuladas declarándolas exentas del pago de la Tasa de Justicia y las mediaciones obligatorias o voluntarias con contenido patrimonial, en el marco de actuaciones judiciales en trámite ante el Tribunal (“judicializadas” resulta un término impreciso e incorrecto) deben contar con una Tasa de Justicia reducida al 50%;
  14. Las modificaciones a las normas que rigen el Beneficio de Litigar sin gastos, pretendiendo que -en determinadas circunstancias- el actor beneficiado pague una parte de la misma, altera al instituto de manera antojadiza, pues si la Justicia reconoce el derecho a litigar sin abonar los gastos causídicos, no existe razón alguna para pretender sancionarlo con el reclamo del pago de un gasto, cuando el monto de la sentencia, transacción o conciliación fuere menor al reclamado en la demanda, de este modo se desalienta a efectuar transacciones o conciliaciones judiciales, pues siempre serán por un monto inferior al reclamado en la demanda;
  15. No debe existir solidaridad en el pago de las costas causídicas. Lo resuelto por el juez en la sentencia definitiva sobre costas judiciales, al adquirir firmeza, deviene en cosa juzgada, y goza de los atributos de tal estado, en cuanto a inconmobilidad y ejecutoriedad. Carece por ello de validez una norma de naturaleza fiscal que pretenda operar, con efectos derogatorios, respecto de disposiciones procesales regulatorias de principios generales en materia de distribución de costas, de raigambre constitucional;
  16. En cuanto a las oportunidades de pago, deberá seguirse con los lineamientos de la Ley XXIV-13, descartando en los juicios por alimentos el pago antes del dictado de la sentencia, sino una vez firme esta, teniendo siempre un derecho preferente de cobro el alimentado sobre la Tasa de Justicia. Resulta confiscatorio y afecta el derecho de propiedad de las partes, asignar un pago “preferente” a la Tasa de Justicia por encima de las sumas de dinero que existieran depositadas en autos a favor de alguna de las partes;
  17. Las facultades investigativas y jurisdiccionales que se otorgan a la oficina de Tasa de Justicia para inmiscuirse en el desenvolvimiento patrimonial de los ciudadanos y en los Estudios Jurídicos de los abogados que los asesoren, desbordan la competencia material del Poder Judicial;
  18. El Poder Judicial cuenta con la posibilidad de iniciar, por la vía ejecutiva, la ejecución de las deudas derivadas de la tasa de justicia, motivo por el cual no se justifica que los derechos de los ciudadanos reconocidos o acordados en la justicia, no puedan hacerse efectivos por la falta de pago de la gabela y menos aún que los jueces retengan sumas de dinero depositadas en los expedientes por otros conceptos, para asignarlos al pago de la Tasa de Justicia;
  19. En caso de plantearse incidente de oposición al pago de la Tasa de Justicia deberán proveerse las presentaciones judiciales, el mismo criterio que sostiene la Ley XXIV-13. Se instituye una competencia directa ante el STJ en causas no previstas por el artículo 179 de la Constitución Provincial, afectando el derecho de doble instancia procesal;
  20. La intervención de la oficina de Tasa de Justicia en los procesos judiciales, en especial en los beneficios de litigar sin gastos, resulta inconstitucional por violar el beneficio de la “doble instancia”, garantía esta que integra el bloque de constitucionalidad. En efecto, la obligación del juzgado en que tramita el beneficio de litigar sin gastos, de correrse la vista que el proyecto establece, condiciona la decisión que pudiere adoptar, tanto dicho juzgado de origen, como la de la instancia de la Cámara de Apelaciones, en el caso en que la decisión fuera recurrida. La “caducidad de pleno derecho” es un absurdo jurídico, dejando al justiciable sin siquiera una resolución judicial que así lo declare, cercenando también el derecho a una revisión del fallo. Se entiende, aunque el proyecto no lo aclara, que la caducidad operará, al sólo efecto del pago de la Tasa de Justicia. En este caso, el justiciable, que carece de medios para abonar el resto de las costas y así podrá ser reconocido por resolución judicial, quedará obligado al pago de la Tasa de Justicia, sin tener los medios para hacerlo. Esta situación, como la mayoría de las que impone el anteproyecto sólo generará una mayor cantidad de causas judiciales que planteen en la Justicia las inconstitucionalidades detectadas que, por otro lado, no podrán resolver los magistrados por tener un interés directo comprometido en la recaudación de la Tasa de Justicia y en especial por los integrantes del STJ, además autores intelectuales del anteproyecto en crisis;
  21. La actuación de las asociaciones sindicales de trabajadores, cuanto actuaren en ejercicio de su representación gremial en juicios originados en relaciones laborales, contradice el artículo 39 de la Ley Nacional 23.551 que exceptúa a las asociaciones sindicales con personería gremial de oblar determinados tributos.



La mejor carta jamás escrita por un abogado…

Roland Boyd fue un abogado de Texas que hace más de cincuenta años escribió a su hijo una preciosa carta en la que le ofrecía 21 consejos para tener éxito como abogado.

La carta, pronto llamó la atención en el sector legal debido a la sabiduría contenida en cada una de sus recomendaciones, lo que motivó que en 1962 fuera publicada en la revista legal Texas Bar Journal. A partir de ese momento, la carta circuló como la pólvora por todo el país, y posteriormente por todo el mundo, llegando a considerarse como una de las muestras escritas más evidentes de amor por la profesión.

En estos tiempos en los que la profesión se encuentra amenazada por tantos flancos, creo que es muy reconfortante una lectura detenida de la misma, pues además de entretenernos y, en ocasiones, arrancarnos una sonrisa, sus máximas nos ayudarán a comprender el por qué del amor que los abogados, a pesar de las ingentes dificultades que arrostramos, tenemos a nuestra profesión, sea cual sea el contexto cultural y social donde se ejerza.

Además, a la vista de las próximas fiestas, no estaría de mal reflexionar sobre su contenido.

A disfrutarla:

“Querido hijo:

Ahora estás en tu último año de la facultad de derecho. Probablemente alguna de las cosas que aprendí en mis 30 años de profesión de abogado podrá serte útil. La facultad de derecho te enseña cosas que serán buenas para tus clientes; lo siguiente será bueno para ti. Nunca podrás tener felicidad profesional si no eres financieramente exitoso.

Uno de los grandes placeres de la vida es realizarse. En mi opinión, si recuerdas estas 21 cosas tendrás una carrera larga, feliz y exitosa.

1.- Recuerda, la regla de los 9.

Esto funciona así -9 de cada 10 personas son buenas, honestas, inteligentes y justas. Por lo tanto, si quieres tener la probabilidad a tu favor, elije el lado justo de la cuestión. En la profesión legal, el lado justo de las cosas es aquel que ayuda a la sociedad. En otras palabras, no dañes a tu compañero. En el Tribunal la Regla de los 9 funciona de la misma manera. 9 veces de 10 el lado bueno triunfa en los Tribunales.

2.- Recuerda, la integridad de un abogado es de una importancia vital para la comunidad

Si el carnicero, el panadero o el electricista no son honestos eso no es un problema. Por otro lado, como el abogado juega un rol vital en la vida de los ciudadanos, si no es honesto es una catástrofe. Déjame darte algunos ejemplos:

Un par de años atrás, apenas después del mediodía de Julio, la puerta de mi oficina particular se abrió y allí se encontraba parado un hombre. Lo había representado por muchos años, era un granjero exitoso. Estaba muy pálido y temblando me dijo: “Cometí el peor error que un ser humano puede cometer. Maté a un hombre y en el segundo posterior me dí cuenta de lo terrible que había hecho. Por el amor de Dios, ayúdeme”.
Algunos meses atrás, en una tarde de Domingo, mientras estaba en la oficina con la puerta cerrada, me llama una persona que había representado por años, lo mismo que a su padre antes que a él, y en una voz nerviosa me dice: “Estoy abajo, la puerta de tu oficina se encuentra cerrada pero estaba rezando que estuvieras allí. Necesito hablar contigo”. Cuando llegó me mostró varios recortes de diarios que traía de la oficina del correo de una ciudad distante. Los titulares y los artículos de primera plana contaban una historia sobre un robo a una licorería y que el dueño había sido asesinado cuando quiso defenderse, la captura por la policía, los reportes de laboratorio que acreditaban concluyentemente que aquel que disparó era el asesino, y que el asesino era su hijo. Llorando como un bebe dijo “Ayúdeme. Que puedo hacer?”
En los 30 años de mi práctica profesional, sentí que mi deber requería que le solicitará al Jurado que le sacara la vida a un hombre en tres oportunidades distintas. En dos oportunidades el Jurado accedió a mis peticiones. En la tercera, el acusado se suicidó el día que lo condenaron a prisión perpetua.
Ninguna profesión puede ser tan importante como aquella que requiere este tipo de compromiso de sus miembros. Por lo tanto, la integridad de sus miembros es de una importancia vital para la comunidad.

3.- Recuerda, siempre se amable con las personas sin importar su estatus social, su nivel de educación o su situación financiera porque:

Ese chico que ahora está sirviendo bebidas en la tienda, en 25 años podría ser el presidente de la Asociación de Bancos de Inversión de Estados Unidos y podría llamarte para tratar un tema importante.
Ese chico que está juntando metales en la calle y vendiéndolo para tener dinero que gastar, en 20 años podría estar contratándote para que le examines ciertos títulos de propiedad de tierras que está comprando en otros Estados.
Ese compañero que, el día de graduación dijo que el no iba a seguir estudiando nada porque ya tenía todos los conocimientos necesarios, en varios años podría ser elegido el presidente del directorio de alguna compañía industrial, probando así que lo que decía era verdad.
Muchos empresarios exitosos no saben leer ni escribir.
4.- Recuerda, en la práctica del derecho, bajo una forma democrática de gobierno, no hay secretos

Por lo tanto, nunca pongas nada por escrito, ni digas nada en una conferencia o por teléfono que te importaría ver en la primera plana de un diario, o en la TV, o que sea escuchado en el estrado de los testigos o en la radio.

5.- Recuerda, la mejor manera de desarmar a tus enemigos es hacer aquello que sea justo bajo las circunstancias.

6.- Recuerda, ningún pueblo ha desarrollado un mejor método de solucionar las disputas entre los hombres que nuestro sistema judicial.

El sistema judicial fue desarrollado por la profesión legal y fue sometido a distintas pruebas, millones de veces; aunque no es perfecto, es lo mejor que hay. Siempre defiende el sistema. Si alguna vez pierdes un juicio, no trates de tirar abajo el Tribunal.

7.- Recuerda, lo más importante, en lo que hace a conseguir trabajo, es aquellos que tus vecinos piensan de ti.

Todo en la tierra se conecta con tu ciudad y con tu barrio. Cuan alto vayas en tu profesión depende de quién te emplea. Los trabajos más importantes que tuve en mi vida se originaron en alguien muy cercano a mi casa. Por eso, lo que tus vecinos piensan de ti es lo que importa.

8.- Recuerda, ninguna otra profesión permite a sus miembros disfrutar de una larga vida profesional como lo hace la abogacía.

Mientras el abogado viva podrá trabajar. Mientras el abogado conserve su salud y su cerebro podrá hacerlo exitosamente. Piensa en nuestro vecino, el senador, que ejerció la abogacía durante 70 años.

9.- Recuerda, no existe límite para el éxito en la profesión legal.

El único límite para el éxito que puedas lograr está dado por tu tiempo y tu energía. Y el pensamiento que te da fuerzas para terminar cuando el día se hace tarde y continuar se hace duro es que, independiente de como luzca para otros, tu sabes que estás peleando según las reglas aceptadas del juego.

10.- Recuerda, el fin no justifica los medios.

Dos cosas malas no hacen una buena. Es mejor perder que no pelear de acuerdo a las reglas. Es extremadamente fácil para un abogado joven violar esas reglas. Si tienes una familia que mantener con un ingreso magro, hay una gran tentación para ponerse laxo en la moral profesional. Ten presente que te beneficiarás financieramente si no lo haces. La magnitud de la responsabilidad confiada a ti está en directa relación con la confianza que las personas te tienen. Nadie puede destruir la confianza que otros te tienen, excepto tu. La clave es la integridad; por lo tanto, no sólo deberás ser honesto, sino también deberás mantener la apariencia de honesto.

11.- Recuerda, para ser un buen abogado primero tienes que ser un buen hombre

Tu principal ambición tiene que estar relacionada con ser un buen marido, un buen padre, un buen vecino, un buen ciudadano y un buen abogado. Si logras esto, habrás logrado todo el éxito que se puede lograr. El placer de la vida.

12.- Recuerda, nunca pongas tu interés en tus honorarios delante de tu interés en el caso

Tus futuros ingresos dependerán más de la forma en que manejas el caso que en el monto de honorarios que cobras.

13.- Recuerda, el objetivo principal de la profesión legal es encontrar, reconocer, interpretar y preservar la verdad.

Lo más rápido que puedas aprender sobre la realidad de una situación, mejor estarás.

14.- Recuerda, tus clientes en forma inconsciente te hacen el guardián de sus principios morales

Hace un par de años, a media mañana recibí una llamad de un ciudadano local que en ese momento vivía en otra ciudad diciendo que tendría una cita conmigo en cuanto pudiese. La tarde en que llegó me explicó que había sido elegido la mejor oferta en una licitación para una gran obra de construcción y que el segundo oferente, que tenía una oferta más onerosa, le solicitó que renunciara así él hacía la obra y se dividirían la diferencia y, habiéndose así decidido, que solicitaba un contrato que obligara en ese sentido a este segundo oferente. Luego de explicarle que no podría hacer eso y que ningún otro abogado podría hacerlo sin cometer algún delito, decidió continuar con la obra comprometida. Desde ese entonces, él y toda su familia son clientes míos.
15.- Recuerda, el Tribunal es donde comienza el show.

En este lugar es donde el abogado deberá poner todo de sí. Aquí es donde te encontrarás con tu adversario. Existe un gran segmento de la profesión que intenta evadir el Tribunal a toda costa. Eso es un error. Por supuesto que el Tribunal tiene que ser el último recurso pero nunca tuve suerte en manejar los asuntos en una negociación hasta que la situación estaba en una buena forma para ser juzgada. Si tienes un buen caso y estás bien preparado 9 veces de 10 seguramente no tendrás necesidad de ir al Tribunal. Si no estás bien preparado, o bien perderás el caso u obligarás a tu cliente a un acuerdo injusto. El trabajo en el Tribunal es esencial para el abogado ya que hasta que no tengas una apreciación real de lo que puedes o no lograr en el Tribunal, no tendrás un standard real para evaluar tu caso. Un abogado litigante es a la profesión legal lo que un cirujano es a la medicina. Un abogado que nunca pisa los Tribunales nunca sabrá como entregar un buen servicio a sus clientes. El mayor cumplido que un abogado puede recibir es: “El es un buen abogado litigante”

16.- Recuerda, no existe una forma segura de obligar a dos personas y mantenerlas vinculadas a través de un instrumento escrito.

Lo único que obliga a las personas es el hecho que bajo cualquier circunstancia, la mayoría de los hombres, sin saber lo que el otro hará, buscará la soga dorada de la justicia, la verdad, la decencia y por ello se obligarán con otros que busquen la misma soga. Esta es la única combinación que durará en el tiempo.

17.- Recuerda, vive para tu cumpleaños 50.

Apenas me recibí y abrí mi oficina, asistí a una conferencia de un evangelista que en su charla decía: “No importa cual es tu trabajo, si eres joven y estás empezando, voy a decirte que tienes que esperar de la vida. Si desde ahora y hasta tu cumpleaños número 50 tomas cada decisión en tu negocio o profesión de tal manera que piensas que ayuda a la sociedad, desde tu cumpleaños número 50 en adelante, por el balance que tiene la vida, el placer que obtendrás del trabajo de toda tu vida se duplicará cada 12 meses. Por el contario, si tus decisiones son en contra de la sociedad, tus desilusiones y miserias se duplicarán cada 12 meses” Ahora estoy tres años pasando mi cumpleaños número 50 y creo que este hombre estaba en lo correcto.

18.- Recuerda, el dinero pierde su importancia cuando tienes suficiente comida, abrigo y refugio para ti y tu familia.

En este punto, con todas las personas el placer disminuye a medida que el monto aumenta. Las personas que no tienen otra cosa que dinero, tienen muy poco.

19.- Recuerda, el hombre más feliz de la tierra es el hombre que tiene que trabajar para vivir.

20.- Recuerda, muchas de tus emociones, excitación o experiencias inusuales vendrán de una forma muy peculiar e inesperada.

Una mujer manejó 20 millas y corrió a mi oficina y dijo “Acabo de escuchar que se murió de un ataque al corazón. Gracias a Dios que no es verdad”
Conduciendo a una estación de servicio, el dueño -que no recuerdo haber visto antes- le grita a su hijo. “Querido, ve a buscar a tu madre, aquí está el hombre que nos convenció que no nos divorciáramos. Los dos queremos agradecerle”
Clientes que te envían más que los honorarios convenidos diciendo que no le has cobrado lo suficiente (No pasa demasiado seguido, pero es emocionante cuando sucede)
Cartas de agradecimiento de herederos a los cuales nunca conociste.
Personas que vienen a tu oficina como nuevos clientes, a quienes previamente habías demandado.
21.-Recuerda, aquellos que permanecen vinculados el mayor tiempo, usualmente son los mejores.

Creo que tienes la habilidad para tener éxito en la medicina, en la ingeniería, en los negocios o en cualquier cosa que quieras llevar a cabo, pero no tienes el tiempo necesario. Para convertirse en completamente calificado, establecerse y tener éxito en algo se requiere toda una vida. Por eso, quienes eligen temprano trazar un rumbo en su vida y se mantienen en él generalmente son aquellos que disfrutan del mayor éxito. En la profesión legal se aplica el mismo principio a la ubicación. Muchas veces, todos los meses viene alguien a mi oficina como consecuencia de alguna asociación con algún miembro de su familia realizada muchos años atrás. Si no te quedas en un solo lugar, perderás esta ventaja.

Creo que luego de que practiques la profesión legal por más de 30 años, tu también sabrás que la abogacía es la mejor profesión que existe.

Atentamente,

Tu padre.




Agresiones y daños al Dr. Diego González Lernoud

El Colegio Público de Abogados de la ciudad de Puerto Madryn rechaza y repudia la manifestación efectuada en la vivienda familiar del Dr. Diego González Lernoud por un grupo de personas que se identificaron como pertenecientes al Sindicato de la Industria de la Alimentación (STIA).

Expresamos nuestra solidaridad con el colega afectado, condenamos esta forma de violencia y los daños causados a sus bienes como una forma más de intimidar y atacar el libre ejercicio de la profesión con actos coercitivos.

Es un deber irrenunciable de las autoridades públicas provinciales, prevenir esta clase de conductas, actuar de oficio con la mayor celeridad castigando los casos que derivan en evidente delitos; razón por la cual exigimos a las autoridades el pronto esclarecimiento de los hechos que se denuncian, sobre los cuales hay registros fotográficos de las personas intervinientes, así como la afectiva sanción a los responsables.