Repudio a la arbitraria detención de un abogado

El Colegio Público de Abogados de la ciudad de Puerto Madryn repudia enérgicamente la arbitraria detención que sufriera el Dr. José Gabriel Aguilar, abogado de nuestra matrícula, ocurrida durante los hechos del día 13/11/2018 en circunstancias en que el abogado se encontraba asesorando a un grupo de trabajadores vinculados con el Sindicato Unidos Portuarios Argentinos (SUPA) durante la manifestación pública que efectuaron en la Ruta provincial Nº 7.

El abogado fue arrestado por personal policial, manteniéndoselo privado de su libertad, sin que se le exhibiera una orden de un Fiscal, ni de autoridad judicial alguna, ni en el marco de un hecho que legitimara la extrema medida, viéndose vulnerados sus elementales derechos constitucionales como Abogado.

En efecto, luego de la audiencia de control detención y apertura de la investigación realizada en la ciudad de Rawson, fue puesto en libertad sin que el Ministerio Público Fiscal planteara imputación alguna.

Tales hechos incumben y ocupan a nuestra Institución por constituir un atropello contra el libre y digno ejercicio de la abogacía, resultando necesario -una vez más- subrayar que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley XIII-11 “el abogado en el ejercicio profesional, estará equiparado a los magistrados en cuanto a la consideración y respeto que se les debe”.

Directorio del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn.




Reunión de los colegios públicos de abogados del Chubut en Puerto Madryn

Los colegios públicos de abogados de las ciudades de Puerto Madryn, Trelew, Esquel y Comodoro Rivadavia, se reunieron en la ciudad de Puerto Madryn el pasado 8 de Noviembre a fin de tratar un extenso temario propuesto por los directorios de cada institución.
Después de un largo debate del que participaron la Dra. Natacha Legari presidente del Colegio de la ciudad de Comodoro Rivadavia y Nicolás Demitriou su vicepresidente, Dres. Guillermo Zamora Vicepresidente y Leandro Sechi Tesorero del Colegio de Abogados de Trelew, José María Venancio, presidente del Colegio de Abogados de Esquel y por el Colegio de Puerto Madryn su presidente Sergio Fassio, el Vicepresidente Ricardo Gabilondo y los vocales Marisa Willatowski, Hipólito Giménez y Patricio Castillo Meisen, se suscribió el Acta de la ciudad de Puerto Madryn, que expresó:

ACTA

DECLARACIÓN CONJUNTA EN LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN
Los colegios públicos de abogados de las ciudades de Puerto Madryn, Trelew, Esquel y Comodoro Rivadavia, reunidos en la ciudad de Puerto Madryn, el día 8 de noviembre de 2018, expresamos:

1. Reforma Procesal Civil. Comisión Interpoderes
Desde siempre, las autoridades de los Colegios de Abogados reclamamos respecto de la necesidad de participar en forma oportuna en los anteproyectos legislativos que elabore el Superior Tribunal de Justicia y/o las Comisiones que asigne, referentes a la organización y procedimientos judiciales y en lo que hace al funcionamiento de los servicios conexos de la Justicia, comprometiéndose los integrantes del Máximo Tribunal a convocar a los representantes de la abogacía organizada en las futuras iniciativas legislativas.

Oportunamente se nos comunicó, ante la iniciativa de los propios Colegios, que se comenzaría con las modificaciones a los Códigos no penales, conformando una comisión inter poderes, sugiriendo a los Colegios la incorporación de juristas por cada una de las ramas: Normas Generales del Proceso y Proceso Civil y Comercial, Proceso Laboral, Proceso de Familia y Proceso Contencioso Administrativo.

En este sentido debemos señalar que la iniciativa carece de un presupuesto básico para su procedencia: un diagnóstico de la situación actual del servicio de justicia, del funcionamiento del poder judicial y de las falencias que se observan que correspondan a la desactualización de las normas procesales vigentes.
Sin este diagnóstico previo, la pretensión de reforma nace viciada desde su origen porque no se advierte que es lo que se pretende mejorar y la iniciativa tiene la apariencia de una modificación hecha a la medida de un interés ajeno al objetivo primordial que debería ser la mejora en la prestación del servicio de justicia.

Por este motivo, entendemos que se advierte cierta apatía en los colegas matriculados cuando han sido invitados a participar y efectuar aportes en este marco propuesto. Se percibe que la iniciativa está destinada a aprobar algo novedoso, por el solo hecho de aprobarlo, sin siquiera analizar si la reforma procesal integral es efectivamente necesaria.

Sin perjuicio del vicio de origen de la reforma procesal integral señalado, el mecanismo participativo propuesto ni siquiera funciona debidamente ya que los distintos Colegios han puesto de manifiesto innumerables inconvenientes para acceder y hacer efectivos sus aportes.
Entendemos que mientras no se otorgue certeza sobre todo lo expuesto con anterioridad, vemos con suma dificultad e incomodidad la implementación de cualquier reforma procesal que pudiera darse, tanto por los interrogantes que exponemos como por la dificultad en el acceso a la información (respecto a los avances) que se nos brinda a los Colegios de Abogados.
Nuestra opinión actual en definitiva, es la improcedencia de la implementación de un nuevo Código Procesal en el contexto actual, y de llegar a una reforma, la misma deberá ser paulatina, consensuada y con presupuesto eficiente para su óptimo funcionamiento.

2. Régimen de Tasa de Justicia. Ilegal actuación de la Oficina de Tasa de Justicia.
Los Colegios públicos de Abogados del Chubut reiteramos la posición sostenida al reunirnos en la ciudad de Trelew, el 1º de noviembre de 2016, cuando expresamos nuestro rechazo a los anteproyectos elaborados por el Superior Tribunal de Justicia del Chubut para modificar la Ley de Tasa de Justicia, elevando considerablemente los montos que los ciudadanos deben pagar por este concepto.

Estas iniciativas van en contra de las tendencias que se registran en el campo del Derecho Internacional de los Derechos Humanos que apuntan a lograr la mayor facilidad posible para el ejercicio del derecho de acceso a la Justicia por parte de los ciudadanos, el que, de manera uniforme, es considerado hoy un derecho humano fundamental.
Las carencias presupuestarias del Poder Judicial de nuestra provincia generan deficiencias que afectan sobremanera el desempeño de todos los operadores jurídicos, abogados, magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial. Sin embargo, para solucionar estos problemas estructurales, no se puede cargar sobre la ciudadanía que requiere del servicio de Justicia y también contribuye con el pago de sus impuestos, los gastos que genera el Poder Judicial, que destina más del 95% del presupuesto en el pago de salarios.

Vemos con preocupación el accionar arbitrario e ilegal de la Oficina de Tasa de Justicia del Superior Tribunal de Justicia que dictamina en expedientes judiciales, constituyéndose en interprete del legislador respecto de la Ley XXIV-13 con facultades investigativas y jurisdiccionales que desbordan la competencia del Máximo Tribunal, además de advertir las demoras en las cuales se incurren por la remisión de los expedientes a la citada oficina que perjudican notablemente la tramitación de los procesos. Corresponderá analizar la viabilidad de una acción judicial para impedir que esta dependencia continué ejerciendo atribuciones que no le corresponden en franca colisión con derechos constitucionales de los justiciables.
Pese a que, conforme el Acuerdo Extraordinario N° 3152/97, son los secretarios quienes deben controlar el cumplimiento del contribuyente, informando al Juez a los efectos que éste decida si corresponde tener por integrada la Tasa de Justicia, la Oficina de Tasa de Justicia viola palmariamente el debido proceso y la preclusión procesal, cuando ya firme la resolución que da por abonada la Tasa de Justicia, establece nuevas determinaciones del monto del proceso, avanzando contra el ciudadano con una voracidad recaudatoria inusitada.

Los mismos fines han llevado a reclamar el pago de la gabela respecto de bienes inmuebles fuera de la jurisdicción, o a establecer, en procesos de liquidación de la sociedad conyugal, el pago de la Tasa de Justicia sobre los valores reales de los bienes inmuebles, sin sustento normativo alguno, contrariando además el deber constitucional del Estado de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia (art. 25 de la Constitución Provincial y artículo 14 de la Constitución Nacional).

El Superior Tribunal de Justicia no han dado a conocer las cifras, pero no puede desconocerse que los ingresos propios del Poder Judicial se vieron sustancialmente incrementados con la modificación de las tasas mínimas y el aumento desmedido de las tasas fijas, mediante la modificación de la Ley anual de Obligaciones Tributarias y que ante el accionar de la Oficina de Tasa de Justicia, que busca exclusivamente fines recaudatorios, ya no estamos frente a una tasa por la contraprestación de un servicio, sino ante un impuesto encubierto, destinado a sufragar el altísimo costo laboral que insume el Poder Judicial.
Varios Colegios de la provincia hicieron llegar propuestas enriquecedoras a los fines de modificar la Ley de Tasa de Justicia, las que han sido desconsideradas. A pesar de ello, reiteramos a las autoridades del Superior Tribunal de Justicia el pedido de una participación efectiva de los Colegios de Abogados de la provincia, que mantenemos una posición uniforme, para que estas iniciativas sean analizadas con tiempo, enriquecidas y debatidas con nuestro aporte. Asimismo exhortamos al TSJ a que instruya a la Oficina de Tasa Judicial para que en su actuación no se exceda en la aplicación de los textos legales vigentes.

Los Colegios expresan su preocupación respecto del funcionamiento del régimen de subrogancias en particular en el caso de la circunscripción judicial Sarmiento, exhortando al STJ a que se brinde información sobre el mecanismo previsto para solucionar la problemática a la mayor brevedad posible.

3. Implementación del Régimen de Subrogancias.
Los Colegios expresan su preocupación respecto del funcionamiento del régimen de subrogancias en particular en el caso de la circunscripción judicial Sarmiento, exhortando al STJ a que se brinde información sobre el mecanismo previsto para solucionar la problemática a la mayor brevedad posible.

4. Rechazo a la adhesión provincial a la modificación de la Ley de Riesgos del Trabajo.
Ante la posible adhesión de nuestra provincia a la Ley 27348, complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo los Colegios Públicos de Abogados manifestamos el más amplio rechazo a esta iniciativa por considerar que es regresiva, colisiona con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de accidentes de trabajo, e importa un inadmisible retroceso en el derecho laboral.

Rechazamos el proyecto de Ley por inconstitucional y discriminatorio en perjuicio de los trabajadores, destacando que solo pretende que las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) obtengan más ganancias.

El proyecto propone que vuelva a ser obligatorio transitar la instancia de las Comisiones Médicas, imponiendo un obstáculo más al acceso directo a la Justicia. Al no existir Comisiones Médicas en todos los lugares en que existen accidentes y enfermedades del trabajo, implicaría un trato discriminatorio y una denegación de Justicia, solo generando obstáculos a un trabajador, accidentado, sin dinero ni tiempo para desplazarse a otra ciudad.
Amerita destacar que solo en la última parte de la propuesta modificatoria, se pretende hacer foco en la reducción de la siniestralidad existente y atender el objetivo de la L.R.T., es decir, la prevención en el trabajo, justamente esto último es en lo que debe hacerse foco, por ser el real problema del sistema.

Existe innumerable bibliografía nacional e internacional acerca de las medidas que se deben tomar para prevenir los accidentes y enfermedades del trabajo y todo lo que se deriva del acaecimiento de ellos. Y basta revisar las mismas para llegar a una sola conclusión: en ninguna se menciona cercenar derechos e impedir, de cualquier forma, el acceso a la Justicia del que ha sufrido un daño en su persona, siendo que es el único no responsable.

Ello exige un profundo análisis de la siniestralidad, de las causas de la misma, del cumplimiento de las obligaciones legales de prevención de las ART, de la reducción de los porcentajes de accidentes que se denuncian y cuáles no, asimismo cuáles se derivan a las obras sociales, cuando deben atenderse por la ART. Todo esto redunda en costos previos al accidente, revelando la desinversión de las ART en este punto, manifestando el desprecio por la integridad física de los trabajadores.
La reforma es regresiva a la Ley 24.557, dejando de lado las conquistas obtenidas por los abogados en distintos reclamos judiciales que fueron marcando la senda de los pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aceptadas por los tribunales de todo el país, por lo cual instamos a nuestros legisladores a poner la mirada sobre este nuevo ataque a la Constitución y a un sistema de Justicia que ya se ha expedido en la materia y se pretende soslayar de manera arbitraria.

La responsabilidad por la crisis del sistema de reparación por accidentes de trabajo no la tienen los trabajadores, que inician los procesos judiciales reclamando sus derechos, ni los abogados que patrocinamos a esos trabajadores. La justicia del trabajo es el último refugio con que cuentan los trabajadores cuando padecen actos ilícitos o daños sufridos en ocasión del trabajo. Los procesos judiciales son la consecuencia del sistema y no las causas de su fracaso. Y la única forma de evitar “litigiosidad” e invasión a las potestades de las provincias como se pretende, es implementar la prevención, hacerla cumplir y castigar al “operador” que se determine como responsable.
Los Colegios de Abogados del Chubut haremos llegar nuestra posición al Sr. Presidente de la Legislatura y a los presidentes de los Bloques Políticos que la integran.

5. Postulaciones al cargo de Ministros del STJCh.
En torno a las recientes manifestaciones públicas del Señor Gobernador, que antes de finalizar el período legislativo presentará a la Legislatura los pliegos para cubrir los tres cargos vacantes en el Superior Tribunal de Justicia, los Colegios expresamos que, previamente, el gobierno del Chubut debe cumplir con la Ley V-152 que establece un mecanismo más democrático y participativo en el proceso de selección de los miembros del Alto Tribunal.

El Poder Ejecutivo provincial debe publicar en el Boletín Oficial y en dos diarios de la provincia el nombre y los antecedentes curriculares de la o las personas que se encuentren en consideración para la cobertura de la vacancia. Las personas incluidas en la publicación, deben cumplir con una serie de requisitos que estableció la Legislatura del Chubut, respondiendo así parcialmente a los pedidos formulados por nuestros Colegios de Abogados y varias instituciones más que propiciaron un mecanismo transparente de selección que permita un conocimiento integral de los antecedentes de cada una de las personas postuladas, sus pertenencias partidarias, aptitudes y características de las personas a designar, sus vinculaciones con estudios jurídicos, su compromiso hacia los derechos humanos y el sistema democrático.

Se debe priorizar la idoneidad y capacidad para el cargo y recién cuando los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos presenten al Ministerio de Gobierno del Chubut las posturas, observaciones y circunstancias que consideremos de interés, el Poder Ejecutivo podrá elevar o no la propuesta a la Legislatura.

6. Reciprocidad de trato de los Colegios a los abogados matriculados en la provincia.
Los Colegios de Abogados del Chubut procuraremos otorgar a los matriculados de los colegios de otras circunscripciones judiciales, el mismo trato que a los propios matriculados.

7. Unificar del Valor del Bono y Cuota mensual de Matrícula. Actualización.
La Ley III-11 establece a favor de los Colegios de Abogados un bono de derecho fijo que se abonará en cada intervención en cualquier acción judicial ante los jueces o tribunales.
Si bien resulta facultad del Directorio de cada Colegio fijar el monto del derecho fijo a cargo de cada abogado matriculado, los Colegios de Puerto Madryn y Comodoro Rivadavia entienden que deviene igualador y conveniente equiparar los costos del aporte en todas las circunscripciones. Manteniendo lo estipulado en el Acta de Noviembre de 2016 donde se estableció el valor del bono en la suma equivalente al 10% del valor de la Unidad de Medida Arancelaria JUS.
Asimismo, se fijará la cuota mensual que deberán pagar los abogados matriculados, la que será determinada por el Directorio de cada Colegio, sin invadir las potestades individuales, procurando actualizarla al tiempo que el Superior Tribunal de Justicia establezca el valor del JUS, para mantenerla de manera uniforme en todas las jurisdicciones, dentro de las posibilidades, buscando establecer los mismos beneficios a los noveles abogados, previa consulta con las diferentes comisiones que los nuclean en cada circunscripción.
Se ratifica el costo de inscripción en la matriculación que deberán abonar los profesionales, en la suma equivalente a 15 JUS, que cada colegio podrá financiar de la forma que crea prudente.

8. Consultorio Jurídico Gratuito. Intercambio de experiencias.
Se propone el intercambio de experiencias de cada Colegio, para que en su conjunto, los Colegios cumplan con la obligación establecida por el artículo 59 de la Ley XIII-11 de brindar asistencia letrada a quienes carecieren de recursos. Toman la palabra los representantes de cada Colegio de Abogados de Puerto Madryn, hacen saber respecto del funcionamiento del Consultorio Jurídico Gratuito de cada jurisdicción, se intercambian las reglamentaciones.

En este marco se hace conocer a los presentes que el Colegio de Puerto Madryn ha firmado un Convenio de colaboración con el Ministerio de Justicia de la Nación con el objetivo de establecer acciones conjuntas y coordinadas para implementar mecanismos para la provisión de servicios de patrocinio jurídico gratuito a consultantes del Centro de Acceso a Justicia.
Para cumplir con el fin establecido se asignaron fondos a nuestro Colegio para cubrir 100 casos jurídicos de consultantes derivados del Centro de Acceso a la Justicia, que se encuentran en situación de vulnerabilidad y necesitan acceder a un servicio de patrocinio jurídico, el cual se encuentra en pleno funcionamiento.

Se han asignado varios casos por sorteo público, privilegiando a los noveles abogados en una primera instancia, abarcando en un segundo llamado a la totalidad de los matriculados que estén interesados en atender estos casos que son remunerados con los fondos provenientes del Ministerio de Justicia de la Nación.

9. Organismos Públicos provinciales: irregular funcionamiento de la Inspección de Personas Jurídicas, Dirección de Catastro y Geodesia y Registro de la Propiedad Inmueble.
El Colegio Público de Puerto Madryn, hace saber a los presentes que se efectuó un reclamo al Gobernador Arcioni por la falta de resolución de los conflictos que afectan el funcionamiento de la Inspección General de Justicia, como así también la Dirección Provincial de Catastro e Información Territorial y el Registro Civil y de la Capacidad de las Personas y el Registro de la Propiedad Inmueble, todos organismos públicos del ámbito provincial y que son fundamentales para el desarrollo de la actividad profesional y económica en nuestra provincia.

Esta situación irregular nos afecta a los abogados, a nuestros clientes y repercute de manera muy negativa en el desarrollo de la actividad económica de nuestra provincia que se ve impactada por el deficiente funcionamiento de estos organismos, afectando a la seguridad jurídica y la previsibilidad necesaria para la continuidad e inicio de las inversiones.

Compartiendo los Colegios del Chubut los argumentos expresados por el Colegio de Abogados de Puerto Madryn, resolvemos dirigirnos al Gobernador del Chubut para exigir que se arbitren los medios para solucionar los conflictos a la brevedad.

10. Tribunal de disciplina. Comunicación de antecedentes entre Colegios. Efectos en la matrícula Federal.
Toma la palabra la Presidente del Colegio Público de Abogados de Comodoro Rivadavia expone que a instancias de la Secretaria del Tribunal de Disciplina de su colegio se consulte si cada colegio informa las resoluciones y/o los antecedentes a los demás colegios, manifestándoles que no se produce tal intercambio.

El representante del Colegio de Trelew, expone que existe un caso de un matriculado sancionado en su Tribunal de Disciplina proponiendo poner énfasis en que se inicie tal intercambio.
Seguidamente se produce un intercambio de cada posición de cada institución en relación al proyecto de implementación del régimen de la Matricula Federal.

11. Inconvenientes con el funcionamiento de Serconex, falta de atención de reclamos.
Toma la palabra el representante del Colegio Público de Abogados de Trelew expone que hubo un pico de crisis en el sistema con suspensión de términos legales y judiciales, que se le hizo saber al Administrador mediante los formularios de quejas respectivos y mediante llamados. Y plantea que no hay una respuesta adecuada de parte de la Secretaría.

Cada Colegio expresa los problemas que han existido en la interfaz con el sistema de consultas de saldos bancarios, con las opciones para imprimir, entre otros inconvenientes, sugiriendo que cada colegio inste a sus matriculados a efectuar los reclamos e informar los resultados.
En igual sentido loa Colegios de Abogados acuerdan instar al organismo que procure dar estabilidad y seguridad en la utilización del Sistema Serconex.

12. Funcionamiento de archivo de tribunales Trelew.
El Colegio Público de Abogados de Trelew hace saber de las dificultades que enfrenta en las gestiones de desarchivo de expedientes, expresando que históricamente se permitía la compulsa de la causa previa al desarchivo abonando la tasa pertinente, situación que se ha modificado impidiéndose el acceso a la información.

La representante del Colegio Público de Comodoro hace saber que existe un antecedente en su jurisdicción sobre la viabilidad de la invocación de la referida ley y la obligatoriedad en el cumplimiento de la misma, por lo que cada Colegio tomará la iniciativa respecto al planteo a efectuar a la Superintendencia de la Oficina de Archivo de cada Cámara de Apelaciones procurando la restitución de la modalidad histórica que se ha interrumpido en la Oficina de Archivo de Trelew.

13. Otros temas.
Problemáticas edilicias en Esquel: En primer lugar, el Presidente del Colegio de Abogados de Esquel, hace saber de las deficiencias edilicias que enfrentan en el inmueble donde funcionan los Juzgados locales, de una considerable antigüedad y falta de mantenimiento, principalmente en los Juzgados de Familia por resultar los de mayor concurrencia, trae a colación el episodio del fallecimiento de una ciudadana a causa de una falla del ascensor, los cuales están clausurados.

Informa que se han efectuado los planteos pertinentes, informando la situación a la Oficina Judicial, en consonancia con los reclamos que venía efectuando la gestión anterior a la suya y no han recibido respuesta alguna.

Los restantes colegios toman el compromiso de acompañar al Colegio de Esquel en su petición suscribiendo el formal reclamo ante el Superior Tribunal de Justicia provincial a fin de que arbitre las medidas y disponga los medios necesarios para remediar la situación invocada, bajo apercibimiento de efectuar los planteos que se estimen corresponder.

Administración de los Recursos Económicos del Poder Judicial: Se reitera la exhortación al Superior Tribunal de Justicia como órgano máximo al uso racional de los recursos asignados. Vemos con satisfacción la publicación en el sitio web de la nómina de empleados del Poder Judicial, pero volvemos a reclamar la necesidad de hacer públicos las remuneraciones que perciben todos los magistrados, funcionarios y empleados, del mismo modo que lo hace el Poder Ejecutivo provincial. La transparencia de los fondos públicos, que se corresponde con el sistema republicano de gobierno, redundará en beneficio del Poder Judicial al otorgar a los ciudadanos mayor confianza en la Justicia. Respecto a la publicidad de las remuneraciones de los empleados del Poder Judicial, el Colegio de Abogados de la ciudad de Comodoro Rivadavia expresa no tener mandato del Directorio, por lo tanto hace reserva de acompañar esta posición hasta tanto pueda debatirse y llegar a una conclusión en este sentido.

Publicación de Declaraciones Juradas: Afirmamos la necesidad de hacer públicas las declaraciones juradas de bienes de los ministros integrantes del Superior Tribunal de Justicia y de todos los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la provincia, exhortando al Máximo Tribunal a que, preservando su independencia, adopte las medidas apropiadas para la implementación del contenido y publicidad de las declaraciones juradas mediante el principio de transparencia activa previsto por el artículo 32 de la Ley 27.275 que obliga al Poder Judicial a facilitar la búsqueda y el acceso a la información pública a través de su página oficina de la red informática de manera clara, estructurada y entendible para los interesados.

Nuestro país se ha comprometido a introducir sistemas para la declaración de los ingresos, activos y pasivos por parte de las personas que desempeñan funciones públicas y su respectiva publicación, conforme a los principios proclamados por la Convención Interamericana Contra la Corrupción (Ley 24.759) y la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (Ley 26.097). Además del principio de transparencia, objeto de ambos Convenios, se establecen los principios de debida gestión de los asuntos y los bienes públicos, equidad, responsabilidad e igualdad ante la ley, así como la necesidad de salvaguardar la integridad y fomentar una cultura de rechazo de la corrupción.

La Reforma Constitucional 1994 incorporó tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional que garantizan el acceso a la información como derecho individual y colectivo (art. 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, art. 13.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos y art. 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).

En nuestra provincia la Ley I-231 que regula la ética en la función pública, obliga a todos los magistrados y funcionarios del Poder Judicial a presentar sus declaraciones juradas de bienes ante el Tribunal de Cuentas de la provincia estableciendo la publicidad del contenido solo a petición del interesado, por resolución fundada de un Juez, a requerimiento de comisiones investigadoras parlamentarias, a pedido emitido por resolución fundada del superior jerárquico en la administración a la que pertenezca el funcionario en caso de investigación, o a solicitud emitida por resolución fundada de los cuerpos colegiados que el funcionario investigado integre.

Esta legislación local no cumple con los principios y preceptos constitucionales y convencionales de división de poderes y en consecuencia de independencia del Poder Judicial, ni asegura prevenir y detectar incompatibilidades, conflictos de intereses y eventuales enriquecimientos ilícitos por parte de los funcionarios públicos y, fundamentalmente, impide el análisis de la evolución patrimonial de los funcionarios declarantes en el ámbito del Poder Judicial del Chubut. Tampoco se compadece con la Declaración sobre Gobierno Abierto en la que nuestro país y otros comprometidos con los principios consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y otros instrumentos internacionales relacionados con los derechos humanos y el buen gobierno, asumieron promover acciones en pos de la transparencia, la lucha contra la corrupción y aprovechar el poder de las tecnologías para una gestión más eficiente y eficaz.
Por lo expuesto, los Colegios de Abogados del Chubut, reclamamos a los miembros del Superior Tribunal de Justicia la inmediata implementación de una Acordada que, conforme los principios expuestos, dé a conocer los salarios en el ámbito de su competencia y reglamente la presentación y consulta de las declaraciones juradas patrimoniales de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial, de libre e íntegro acceso de la ciudadanía.

Situación del Digesto Jurídico provincial: Destacamos la grave situación que atraviesa toda la legislación provincial y la consecuente inseguridad jurídica que afecta a los chubutenses por los defectos que posee el Digesto Jurídico provincial.

Desde su sanción en el año 2009, los errores y fallos se vienen sucediendo unos tras otros, con las consecuencias previsibles, a pesar de que la Legislatura creó en el año 2010 una comisión especial para evaluar los errores materiales que se detectaren en el texto definitivo del Digesto Jurídico. Varias fueron las “fe de erratas” a las que debieron recurrir para “salvar” errores u omisiones y como fuera reconocido por el Superior Tribunal de Justicia en el caso “Ale c/ Provincia del Chubut”, no se logró el objetivo de dar seguridad jurídica a nuestra provincia.

Se avanzó contra la voluntad de legislador, dando vigencia a leyes derogadas o derogando otras vigentes; las leyes publicadas en el Digesto Jurídico carecen de fecha de sanción y de entrada en vigencia; existen leyes sancionadas por nuestra Legislatura que -sin ser objeto de veto por parte del Poder Ejecutivo- jamás han sido publicadas en el Boletín Oficial y hoy encuentra a los legisladores atónitos, limitándose a pedir informes para saber qué ocurrió con las leyes que sancionaron. Se ha llegado al absurdo de considerar a nuestra Constitución Provincial como una Ley más (Ley V-67) privando a la legislación provincial de su escalonamiento jerárquico.

Por lo expuesto, los Colegios de la provincia del Chubut, disponemos dirigirnos al Sr. Presidente de la Legislatura, Gobernador del Chubut y presidente del Superior Tribunal de Justicia expresando nuestra preocupación por la situación que atraviesa el Digesto Jurídico, sugiriendo la conformación de una Comisión interpoderes, con una participación efectiva de los Colegios de Abogados, para analizar la cuestión y disponer las soluciones adecuadas.

Conclusiones:
Finalmente, las autoridades presentes acuerdan divulgar el contenido mediante presentaciones concretas y conjuntas a cada una de las instituciones que corresponda según los puntos tratados en la presente.

Cierre del Acta:
Por último, se resuelve dar amplia difusión entre todos los matriculados del contenido de la presente Acta, suscribir en conjunto las notas conforme lo dispuesto con anterioridad y convocar para mediados del año 2019 a la próxima reunión de Colegios Públicos de Abogados de la provincial del Chubut en la ciudad a convenir. Firman todos los presentes, al pie.




El colegio público de abogados de Puerto Madryn exige que los registros públicos provinciales funcionen correctamente

En una nota dirigida al Sr. Gobernador de la Provincia del Chubut, Escribano Mariano Arcioni, el Directorio del Colegio de Abogados de Puerto Madryn, presidido por el Dr. Sergio Fassio, expresó su preocupación por la falta de resolución de los conflictos que afectan el funcionamiento de la Inspección General de Justicia, como así también la Dirección Provincial de Catastro e Información Territorial y el Registro de la Propiedad Inmueble, todos organismos públicos del ámbito provincial y que son fundamentales para el desarrollo de la actividad profesional y económica en nuestra provincia.

El Colegio hizo saber al Sr. Gobernador, en su carácter de titular del Poder Ejecutivo Provincial, del cual forman parte los citados organismos, que en el caso de la Inspección General de Justicia desde hace varios meses no funciona como es debido en virtud de las medidas de fuerza que se encuentra llevando a cabo el personal que se desempeña en dicha repartición.

Esta situación irregular repercute de manera muy negativa en el desarrollo de la actividad económica de nuestra provincia, debido a que dicho organismo es el órgano de contralor de las sociedades comerciales que tienen sede en la provincia del Chubut. Asimismo, tiene efectos perjudiciales en el funcionamiento de otras organizaciones de la sociedad civil de singular importancia, como es el caso de las asociaciones civiles y fundaciones.

Sin duda alguna, la actividad económica privada se ve impactada por el deficiente funcionamiento de este organismo de fundamental importancia para el desarrollo de las actividades empresariales, lo que afecta a la seguridad jurídica y la previsibilidad necesaria para la continuidad y/o el inicio de las inversiones en nuestra Provincia.

En la nota se hizo hincapié en la forman en la cual los abogados se ven afectados por el citado conflicto, ya que diversos trámites como constitución de sociedades, asociaciones y/o fundaciones, o bien tramites de aumentos de capital, cesiones de cuotas y/o acciones; prorrogas de vigencias, inscripción de órganos de gobierno entre tantos otros ejemplos, se ven notoriamente demorados.

El Colegio destacó asimismo que el conflicto laboral en cuestión, no tiene una trascendencia mediática significativa y tal vez por esa circunstancia no se encuentre en la agenda de los temas urgentes de la gestión de gobierno, pero la trascendencia jurídica y económica del mal funcionamiento de estas instituciones no puede ser soslayada y por ello se exige que se arbitren los medios para solucionar el conflicto.




Elecciones del representante de los abogados del interior en el consejo de la magistratura de la Nación

Luego de los comicios realizados el día 5 de Octubre, resultó electa la Dra. Marina Sánchez Herrero, por la Lista 5 con 7554 votos. Carlos María Matterson será el suplente en el órgano encargado de seleccionar a los jueces y promover su destitución en caso de mal desempeño.

El segundo lugar lo ocupó la Lista 3 del Dr. Bienvenido Rodríguez Basalo con 4605 votos y el tercero el Dr. Antonio Bustamante, Lista 1, con 2009 votos. Participó aproximadamente el 10% del padrón electoral.

En la ciudad de Puerto Madryn la participación fue del 30% del padrón, resultando ganadora la Lista 1 del Dr. Antonio Bustamante con 30 votos (60%), en segundo lugar el Dr. Rodríguez Basalo con 15 votos (30%) y en tercer lugar la Dra. Sánchez Herrero con 5 votos (10%). En la provincia del Chubut también se impuso la Lista 1.




Nuevo Aniversario de la entrega de título a Hipólito Yrigoyen

Este mes se cumple un nuevo aniversario desde que la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco (UNPSJB) le otorgó el título de “Doctor Honoris Causa” al abogado Hipólito Solari Yrigoyen, a través de la resolución N° 015/12 del Consejo Superior de esa casa de altos estudios.
La iniciativa fue formulada por El Colegio de Abogados de Puerto Madryn, en estos términos:
“El Colegio Público de Abogados de la ciudad de Puerto Madryn, tiene el agrado de dirigirse al Sr. Decano para que, en ejercicio de las facultades previstas por el Estatuto de esa Alta Casa de Estudios, contemple la posibilidad de acompañar ante el Consejo Superior de la Universidad nuestra iniciativa para que se otorgue el título de doctor honoris causa, al Dr. Hipólito Solari Yrigoyen.
Es un honor para el Colegio de Abogados que presido promover al Dr. Solari Yrigoyen, considerado que reúne las cualidades excepcionales que tan distinguido título amerita.

Nació en la ciudad de Buenos Aires el día el 23 de julio de 1933 vecino de nuestra ciudad, pues se radicó aquí con su familia siendo muy joven, es abogado y Doctor en Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Buenos Aires, aprobó su tesis doctoral sobre la participación obrera en las ganancias de las empresas con la más alta clasificación de sobresaliente y felicitado.

En la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales ha sido vicepresidente a cargo de la presidencia del Centro de Estudiantes, miembro de la Federación Universitaria de Buenos Aires (FUBA), presidió la comisión universitaria que pidió el Premio Nobel para el escritor argentino Ricardo Rojas, de quien fue su discípulo.

Se ha diplomado en diferentes universidades del exterior, ampliando su formación profesional en Estudios Superiores en Economía Internacional (Universidad de París, Sorbona), diploma de Información Española (Instituto de Cooperación Española, Madrid, España), diploma del Centro Internacional de Estudios Superiores de Periodismo de América Latina (CIESPAL, Quito, Ecuador), con el grado de Becario de la OEA.

Su actuación en el ejercicio de la función de abogado la ha desarrollado en la ciudad de Buenos Aires y en nuestra provincia con un gran compromiso social y por los derechos humanos, a favor del respeto irrestricto de las libertades políticas y sindicales.

Especializado en el derecho laboral, siempre defendió a los trabajadores, fue abogado de la Federación Gráfica Bonaerense, del Sindicato Luz y Fuerza de Córdoba, de la Unión Ferroviaria en Resistencia, todos sindicatos independientes de la burocracia sindical.

Ha sido abogado apoderado de la Confederación General del Trabajo de los Argentinos (CGTA), desde su fundación, liderada en ese entonces por el dirigente gráfico Raimundo Ongaro, combinando la defensa de los derechos laborales de los trabajadores con la asistencia legal a los presos sindicales pero también políticos.

Su labor profesional ha estado del lado de los abogados perseguidos en el ejercicio de su profesión por gobiernos dictatoriales. El secuestro y posterior desaparición del abogado Nestor Martins junto con su cliente Nildo Zenteno a pocas cuadras del Palacio de Tribunales de la ciudad de Buenos Aires en diciembre de 1970 motivó la presentación de un recurso de amparo en favor del colega y la constitución de una “Comisión por la vida de Martins y Zenteno” integrada, por otros letrados de la CGTA, Dres. Mario Landaburu, Raúl Aragón, Mario Mathov, Eduardo Duhalde, y Héctor Sandler.

Esta comisión convocó a una Jornada Nacional de Protesta que consistió en un inédito paro de abogados en distintos puntos del país (Buenos Aires, Córdoba, Rosario, Mendoza, San Juan y Santa Fe) y la realización de un acto público con la presencia de organizaciones artísticas y profesionales “para condenar las leyes represivas, las torturas, la ley anticomunista, la pena de muerte y para unificar los reclamos a favor de la libertad de los presos políticos y sociales”.

Otro suceso político de fundamental importancia en el que participó con los colegas Rodolfo Ortega Peña, Eduardo Duhalde y Mario Abel Amaya fue en la denominada “masacre de Trelew”, en agosto del año 1972, que terminó con la ejecución de 16 presos políticos, en represalia por la fuga del Penal de Rawson de 6 detenidos. Por su intermedio, nuestra profesión se ha dignificado, estando siempre al servicio de quienes han sido perseguidos por su forma de pensar, exigiendo las garantías de un proceso justo cuando alguno de sus representados pudo haber cometido algún delito.

Entre tantos otros, representó profesionalmente al líder sindical del gremio de Luz y Fuerza, Agustín Tosco, en cada una de sus detenciones. En particular, cuando se encontraba detenido en la Unidad 6 de la ciudad de Rawson, en el año 1972, donde el régimen militar de la época lo tenía preso sin acusación de ninguna índole, llevando el planteo jurídico de la inconstitucionalidad de haberlo puesto a disposición del Poder Ejecutivo nacional hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Afiliado a la Unión Cívica Radical desde sus 18 años, desempeño diversos y numeroso cargos partidarios partidarios. Representando a su partido y a la provincia del Chubut las elecciones del año 1973 lo consagraron Senador de la Nación Argentina (1973-1976), siendo electo Vicepresidente del Bloque de Senadores Nacionales de la Unión Cívica Radical.

Presidió la Comisión Parlamentaria de Solidaridad con Chile y realizó una misión humanitaria a este país para interesarse por los presos políticos después del golpe de Estado militar en el mes de Septiembre de 1973. Fue vicepresidente de la Coordinadora de Movimientos de Ayuda a Chile (Comachi) en la Argentina y asistió al Congreso Mundial de Solidaridad con Chile (Helsinki, Finlandia, octubre de 1973), donde fue elegido vicepresidente de la Comisión Investigadora de los Crímenes de la Junta Militar de Chile. Asistió a varias reuniones internacionales de esta Comisión (París, Roma, Helsinki, Atenas, Argel). Fue invitado especial y orador en la Primera Conferencia Mundial Contra la Pena de Muerte, organizado por Amnistía Internacional (Estocolmo, Suecia, diciembre 1977).

Su labor parlamentaria, interrumpida por el golpe de estado del 24 de marzo de 1976, estuvo protagonizada por la necesaria defensa de los derechos humanos y libertades, haciendo oír su voz en el recinto ante los excesos del poder, condenando la violencia, cualquiera sea su origen.

La reivindicación de los derechos soberanos sobre las Islas Malvinas también ha sido predicada en el Parlamento, así como la defensa del patrimonio del Estado ante el escandaloso e irregular contrato firmado con la empresa ALUAR.

Al aprobarse en el Senado de la Nación el informe de la Comisión Bicameral Investigadora Especial de Estudio del contrato ALUAR – Estado nacional, tuvo una destacada intervención en el debate denunciando las irregularidades, corruptelas, presuntos delitos y otras graves consecuencias para el patrimonio nacional derivados del contrato. Asimismo, denunció con pruebas documentadas las consecuencias perjudiciales de los residuos gaseosos de la empresa para la vegetación, el ganado y los seres humanos y en perjuicio de la salud de sus trabajadores, así como la falta de control por parte de los organismos estatales competentes.

Sus gestiones como legislador concluyeron con la donación a favor de la Municipalidad de Puerto Madryn de 400 hectáreas que pertenecían a la marina, incorporándolas al patrimonio municipal.

Al tratarse la modificación a la Ley de Asociaciones Sindicales en el parlamento, tuvo una destacada intervención a favor de la democratización de las organizaciones sindicales y a favor de la unidad del movimiento obrero, fustigando la acción de ciertos burócratas sindicales pendientes de sus privilegios. A pocas horas de finalizado el debate en el Senado, en noviembre de 1973 estalló una bomba en el automóvil del Dr. Solari Yrigoyen, causándole graves heridas.

También fue víctima de otro atentado contra su vida en abril de 1975 por parte de la organización terrorista para estatal Alianza Anticomunista Argentina (Triple A), este segundo atentado destruyó su domicilio en Puerto Madryn.

Después del golpe de estado militar de 1976 sufrió un tercer atentado. Fue secuestrado en su domicilio en Puerto Madryn por un grupo de tareas del Ejército. Su domicilio fue saqueado y su automóvil incendiado. Estuvo desaparecido junto con el Dr. Mario Abel Amaya, por entonces diputado nacional de la U.C.R. por la provincia del Chubut y finalmente fue reconocido como prisionero político sin proceso judicial hasta que fue expulsado del país. Vivió con su esposa e hijos en el exilio en París, Francia durante seis años. Las persecuciones que sufrió fueron la consecuencia de su lucha parlamentaria y extraparlamentaria por la vigencia de los Derechos Humanos. En ese tiempo, editó el periódico “La República” órgano de la Oficina Internacional de Exiliados del Radicalismo Argentino, que albergara los textos de tantos integrantes del exilio argentino como Osvaldo Bayer, Julio Cortázar Rodolfo Terragno, Osvaldo Soriano, Tomás Eloy Martínez, entre tantos otros.

Promovió una acción judicial, mediante sus apoderados (el Dr. Raúl Alfonsín, entre ellos) para impugnar la prohibición de regresar a la Argentina. La Suprema Corte de la Nación, del régimen militar, hizo lugar a la misma y anuló el decreto que se lo impedía, fundándose en que sin haber sido nunca acusado de nada ni juzgado por nadie se le había impuesto la pena del exilio sin límite de tiempo. Regresó entonces a la Argentina en junio de 1983.

Ha sido Embajador Extraordinario y Ministro Plenipotenciario con la función de Embajador Itinerante de la República Argentina (1983-1987), con el rango de Secretario de Estado y Asesor del presidente Raúl Ricardo Alfonsín.

En el año 1987 fue elegido nuevamente Senador de la Nación Argentina por la provincia del Chubut, finalizando su mandato en el año 1995.

Como tal fue miembro de la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto y de la Comisión de Relaciones Parlamentarias Internacionales del H. Senado de la Nación (1987-1995) y vicepresidente de la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto del Senado de la Nación.

Si en el período 1973/76 protagonizó y bregó por la necesaria defensa de los derechos y libertades en peligro, los años de 1987 en adelante signarán una labor parlamentaria pensada en la reconstrucción del país y sus leyes; en la gestión a favor de las economías regionales y en especial de la Patagonia; en la profundización de la democracia, el equilibrio de poderes y la inserción adecuada de la Argentina en el mundo.

Ha sido autor de innumerables proyectos de ley, entre los que pueden destacarse, sin perjuicio de otros que suscribiera como coautor: el régimen de participación del sector laboral en las ganancias de las empresas, la ley nacional de pesca, resguardo de los derechos de soberanía y jurisdicción sobre hidrocarburos en las Islas Malvinas, reformando la Ley de Asociaciones Sindicales 23551, derogando los artículos 2 de la ley 24289 y 18 del decreto ley 1285/58 relacionados con las facultades de los jueces para aplicar penalidades a los abogados y procuradores litigantes, proyecto de Ley Nacional de Protección del Ambiente, de Fomento productivo y de protección por desempleo, aboliendo la pena de muerte en todo el territorio de la Nación, sobre el ejercicio del derecho de huelga, creando la Reserva Nacional de la Isla de los Estados, de Protección del medio marino, modificando el Código Penal de la Nación, incorporando el delito de desaparición forzada de personas, aprobando la ” CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER “(sancionado como Ley 24632), aprobando la ”CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS” (sancionado como Ley 24556), aprobando la “CONVENCION SOBRE IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS CRIMENES DE GUERRA Y DE LOS CRIMENES DE LESA HUMANIDAD” adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, sobre violencia doméstica, suprimiendo el servicio militar obligatorio, creando un nuevo Juzgado Federal en la ciudad de Rawson, sobre elección directa del intendente de la ciudad de Buenos Aires, estableciendo el libre acceso de los senadores y diputados a los establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario Federal, restituyendo los derechos militares al Coronel Juan Jaime CESIO, encomendando la realización de un estudio de factibilidad para la construcción de una línea férrea vinculada al ferrocarril patagónico ( sancionada como Ley 24364), de residuos peligrosos, declarando al año 1993 como “AÑO DE LAS POBLACIONES INDIGENAS DEL PAIS” y creando una comisión al efecto (sancionado como Ley 24135), disponiendo el traslado de los restos mortales del Cacique INACAYAL desde el Museo de Ciencias Naturales de la Plata “Florentino Ameghino” hasta la localidad de Tecka, Chubut para su sepultura definitiva (sancionado como Ley 23940), declarando monumento histórico nacional a la Capilla Seion de Bryn Cwyn (Loma Blanca) Chubut (sancionado como Ley 23826), declarando de interés nacional el patrimonio cultural galés, especialmente el asentado en la provincia del Chubut, aprobando la “CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA , SUSCRITA EN CARTAGENA DE INDIAS , COLOMBIA” ( sancionada como ley 23652).

Fue vicepresidente de la Comisión Interparlamentaria Latinoamericana de Derechos Humanos (Santiago de Chile) entre 1991 y 1995 y presidió las delegaciones argentinas antes las Conferencias Interparlamentarias de Guatemala (1988), Budapest (1989) y Canberra (1993) y asistió como delegado a las 16 Conferencias realizadas entre 1988 y 1995.

Presidió el Comité de Derechos Humanos de la Unión Interparlamentaria (Ginebra, Suiza) entre 1988 y 1993. Disertó, como invitado especial, en la Conferencia de Ginebra, al cumplirse el 30º aniversario de la creación del Comité (Octubre de 2006); la Comisión de Asuntos Jurídicos, Legislativos y de Derechos Humanos de la Unión Interparlamentaria (1993-1995) desde donde luchó por la abolición mundial de las minas antipersonales; la Comisión de Derecho Humanitario de la Unión Interparlamentaria (1993-95). Realizó varias misiones internacionales para visitar y gestionar la libertad de parlamentarios presos (Malasia, Indonesia); la Comisión de Paz de la Unión Interparlamentaria ante Bosnia Herzegovina y demás territorios de la ex -Yugoslavia (1994). Desarrolló su misión en la zona del conflicto bélico con el apoyo de las Naciones Unidas.

Asistió, presidió una sesión y fue miembro informante en el Simposio Interparlamentario “El Parlamento: Guardián de los Derechos del Hombre”, organizado por la Unión Interparlamentaria (Budapest, Hungría, 1993), representó a la Unión Interparlamentaria y habló en tal carácter en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, convocada por las Naciones Unidas (Viena, 1994). En la misma asamblea presidió la delegación de Nuevos Derechos del Hombre y representó a la Unión Interparlamentaria y habló en tal carácter en la Conferencia Mundial de la Cruz Roja (Ginebra, 1995).

Finalizado su mandato de senador nacional continuó su actividad en organismos internaciones de derechos humanos como miembro del Consejo Directivo de la Comisión de Cascos Blancos (2000-2001), del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, electo para el período 1999-2002 y reelecto para el período 2003-2006. (Nueva York y Ginebra). Vicepresidente del mismo.

Representó al Comité de las Naciones Unidas y habló en su nombre tanto en las Conferencias Preparatorias celebradas en Ginebra (2000 y 2001), como en la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las formas conexas de la Intolerancia” que, convocada por las Naciones Unidas, tuvo lugar en Durban, Sudáfrica, en Septiembre de 2001.

Fue miembro de la Comisión Internacional de Juristas con sede en Ginebra, Suiza y miembro del Comité Ejecutivo de la misma. Esta organización tiene la finalidad de proteger y promover los derechos humanos en el mundo.

En la actualidad es presidente de la organización humanitaria Nuevos Derechos del Hombre-Argentina con sede en Buenos Aires y presidente Nuevos Derechos del Hombre Internacional (New Human Rights- Nouveaux Droits de l´Homme- Nuovi Diritti dell´Uomo), Buenos Aires y París, que agrupa a secciones nacionales de Argentina, Francia, Italia, Camerún, Líbano y Togo, y tiene Estado Consultivo del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.

Realizó misiones humanitarias para Amnistía Internacional (Londres), para la Unión Interparlamentaria (Ginebra) y para la Comisión Internacional de Juristas (Ginebra).

Fue Huésped Académico del Woodrow Wilson Center (Washington, Estados Unidos de América) en 1997 para realizar un trabajo de investigación sobre Derechos Humanos. En esta ocasión escribió el libro La Dignidad Humana, luego actualizado y editado por Eudeba, editorial de la Universidad de Buenos Aires, en diciembre de 1998.

Colaboró en el libro que conmemoró el 25º aniversario del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas titulada Towards Implementing Universal Human Rights. Festschrift for the Twenty-Fifth Anniversary of the Human Rights Committee. (The Raoul Wallenberg Institute Human Rights Library. Martinus Nijhoff Publishers. Leiden/Boston.Printed in The Netherlands, 2004)

Colaboró y escribió la Introducción en el libro Nuevos Derechos del Hombre que conmemoró el 20º aniversario de la ONG Nuevos Derechos del Hombre. Eudeba, editorial de la Universidad de Buenos Aires, 2011.

Ejerció el periodismo, como subdirector del diario “La Razón”, redactor parlamentario y de la sección economía de “La Nación”, fue fundador y director de “El censor” de la ciudad de Puerto Madryn, columnista en diversas revistas, director del periódico “La República” en el exilio y en su segunda etapa en Buenos Aires.

Recibió los premios “Mariano Moreno” de periodismo nacional, el premio Septién (mención especial) a los mejores trabajos sobre España, del Instituto de Cooperación Iberoamericana de Madrid.

Ha escrito libros de investigación histórica, derecho del trabajo y derecho internacional, política nacional e internacional y de investigación económica, entre los que pueden destacarse además de la recopilación de su labor parlamentaria. Ha escrito numerosos prólogos a libros de terceros.

Participó como disertante en las Primeras y Segundas Jornadas de Derechos Humanos y Garantías Constitucionales del Mercosur, organizadas por el Congreso de la Nación Argentina en marzo de 1998 y en noviembre del 2003 y en el Congreso Internacional de Derechos Humanos “Frente al 2000”, organizado por la Facultad de Derecho, de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, en homenaje al cincuentenario de las Declaraciones de Derechos Humanos.

Preside la Honorable Convención Nacional de la Unión Cívica Radical, órgano supremo del partido. Fue elegido por unanimidad en la Convención de Mina Clavero (octubre de 2008) con mandato por cuatro años.

Entre otras condecoraciones recibió la Legión de Honor de Francia (con el grado de comendador), la Gran Cruz de Italia (con el grado de comendador), la Orden del Mérito de la República Federal de Alemania (con el grado de Gran Cruz), la Orden de Bernardo O´Higgins de Chile (con el grado de Gran Cruz) y la Orden do Infante Dom Henrique de Portugal (con el grado de Gran Oficial).

Fue declarado Ciudadano Ilustre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la Honorable Legislatura de la Ciudad en el año 2007 y obtuvo la distinción de “Reconocimiento Ciudadano” por su labor en el campo de los Derechos Humanos, otorgada por el Concejo Deliberante de la localidad de Bahía Blanca, en el mes de septiembre de 2011, en cuya oportunidad reconoció que era un homenaje que realmente merecían muchos que quedaron en la lucha, entre ellos, quien fuera el presidente de ese Concejo Deliberante, D. Jorge Valemberg, que falleciera en noviembre de 1976 en el Hospital penitenciario de Villa Devoto a raíz de las torturas y maltratos que fuera sometido en la en la Unidad 6 de la ciudad de Rawson .

Es de destacar que el Dr. Solari Yrigoyen en un gesto que lo enaltece en el año 1998 donó a favor del Ministerio de Cultura y Educación de la provincia del Chubut, la totalidad de la indemnización que por Ley Nº 24.906 le correspondiera por el período en que estuvo desaparecido, preso y expulsado del país y sometido a disposición del Poder Ejecutivo de facto durante los años 1976 hasta 1983.

Su generosidad, que trascendió públicamente contra su voluntad, por el tratamiento parlamentario de la ley que aceptó la donación, fue desatendido por las autoridades provinciales y recién 10 años después pudo concretarse la obra de la Escuela de Nivel Inicial del Barrio Pujol de Puerto Madryn, financiado en parte por las sumas donadas que ascendían en el año 2009 a $ 392.463,83.

Y es por todo lo expuesto, por su categoría humana y su permanente compromiso como profesional de la abogacía con los derechos humanos, que este Colegio Público de Abogados de la ciudad solicita se proceda a investir con el título de doctor honoris causa, al Dr. Hipólito Solari Yrigoyen.

Aprovechamos la oportunidad para saludar a Ud. con las expresiones de nuestra mayor consideración. Firmado: Dr. Daniel Gómez Lozano Dr. Adolfo Von Poeepel, Dr. Patricio Castillo Meisen”




Conceptos del Dr. Juan Bautista Alberdi (Selección del Dr. Hipólito Giménez)

“Yo ensayaba una exposición elemental de nuestra legislación civil, conforme a un plan que el público ha visto enunciado en un prospecto, y no podía dar un sólo paso sin sentir la necesidad de una concepción neta de la naturaleza filosófica del derecho, de los hechos morales que debían sostenerle, de su constitución positiva y científica. Me fue preciso interrumpir aquel primer estudio, para entregarme enteramente a este último.

Abrí a Leminier y sus ardientes páginas hicieron en mis ideas el mismo cambio que en las suyas había operado el libro de Savigny. Dejé de concebir el derecho con una colección de leyes escritas. Encontré que era nada menos que la ley moral del desarrollo armónico de los seres sociales; la constitución misma de la sociedad, el orden obligatorio en que se desenvuelven las individualidades que la constituyen.

Concebí el derecho como un fenómeno vivo que era menester estudiar en la economía orgánica del estado. De esta manera la ciencia del derecho, como la física, debía volverse experimental; y cobrar así un interés y una animación que no tenía en los textos escritos ni en las doctrinas abstractas. El derecho tomó entonces para mí un atractivo igual al de los fenómenos más picantes de la naturaleza” ( Alberdi, Juan Bautista, “Fragmento preliminar al Estudio del Derecho”, pags.107 y sgtes, editorial Biblos 1984)