Vacancia en el superior tribunal de justicia del Chubut. Colegio público de abogados de Puerto Madryn reclama que se cumpla la ley

Frente a noticias periodísticas que dan cuenta del inminente envío a la Legislatura de los pliegos para cubrir tres vacancias en el Superior Tribunal de Justicia, el Colegio de Abogados de Puerto Madryn recuerda la plena vigencia de la Ley V-152 y exige al Poder Ejecutivo Provincial que cumpla con la misma y asegure el mecanismo democrático y participativo en el proceso de selección de los miembros del Alto Tribunal.

Conforme surge de la referida norma, en forma previa a remitir los pliegos de los postulantes al Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo provincial debe dar amplia difusión de los antecedentes curriculares de las personas propuestas. La publicidad que prevé la norma tiene especial importancia pues ante el Poder Ejecutivo provincial y no en el ámbito legislativo, la ciudadanía en general, las organizaciones no gubernamentales y los colegios y asociaciones profesionales tendremos la oportunidad de presentar posturas, observaciones y circunstancias que consideremos de interés, dado que la norma no estableció un sistema de audiencias públicas en la Legislatura provincial, como oportunamente lo propusiéramos varios Colegios de Abogados de la provincia y demás instituciones interesadas en lograr un procedimiento democrático y participativo en el proceso de selección de los integrantes del más Alto Tribunal de la Justicia.

El mecanismo instituido por la Ley está para cumplirlo y lograr la correcta valoración de las aptitudes morales, independencia de criterio, la idoneidad técnica y jurídica, la aptitud física y psíquica, las vinculaciones con estudios jurídicos y el compromiso de los postulantes hacia los derechos humanos y el sistema democrático.

Pocas veces el poder político se encuentra con la posibilidad de designar tres magistrados en el Superior Tribunal de Justicia y se presume una vacancia más por cuestiones de salud de uno de sus ministros.

Los candidatos a integrar el máximo Tribunal de Justicia de nuestra provincia, deberán ser los más aptos, asegurar la paridad de género y su independencia para afianzar la calidad institucional del Chubut y la plena vigencia de la división de poderes.

Ante supuestas urgencias coyunturales a la hora de tomar decisiones, debe comprender la población la enorme importancia que estos nombramientos tienen para su vida cotidiana y que, a la más alta función de la judicatura, solo pueden aspirar personas idóneas, con una conducta ética irreprochable, que demuestren decoro en su vida privada, pues juzgarán conductas ajenas, que conciban que en la función de ministros no estarán para servir los intereses de quienes los apadrinen o designen, haciendo o devolviendo favores, sino para impartir Justicia, resolviendo conflictos de conformidad con la Ley.

Directorio del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn.
Presidente: Dr. Sergio Leandro FASSIO
Vicepresidente: Dr. Ricardo Oscar GABILONDO
Secretario: Dra. Laura Gabriela GRANDMONTAGNE
Tesorero: Dra. Claudia Graciela BOCCO
1° Vocal Titular: Dra. Marisa Laura WILLATOWSKI
2° Vocal Titular: Dr. Patricio Guillermo CASTILLO MEISEN
3° Vocal Titular: Dr. Hipólito GIMENEZ
1° Vocal Suplente: Dra. Bárbara Noelia ARANDA
2° Vocal Suplente: Dr. Emilio Miguel CACCIAVILLANI
3° Vocal Suplente: Dr. Francisco LAURITA




Nuevas autoridades de la regional Patagonia de la federación argentina de colegios de abogados (FACA Patagonia)

El día 13 de diciembre se llevó a cabo una reunión de la Regional Patagonia de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA PATAGONIA) presidida por el Dr. Patricio Castillo Meisen, de la que participaron los Dres. Javier Pérez Gallart y Héctor Hugo Castro, en el carácter de Secretario y Tesorero, junto con representantes de los Colegios de abogados de las provincias de Neuquén, Chubut, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego. En la reunión, realizada en la Sede de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, se analizaron críticamente las reformas a los Códigos Procesales no penales que propician aprobar en diferentes provincias patagónicas, y las experiencias de las provincias de Neuquén y Chubut con la aplicación de los protocolos de oralidad que se han impuesto desde el Poder Judicial sin consenso previo con los operadores jurídicos, modificando leyes procesales por acordada y afectando derechos constitucionales y convencionales de los ciudadanos.

En esa oportunidad, se eligieron las nuevas autoridades de FACA PATAGONIA, quedando integrada la Mesa Ejecutiva por:
Presidenta: Dra. Andrea Paz (Colegio de Abogados de Neuquén)
Secretaria: Dra. Laura Suarez Catrilaf (Colegio de Abogados de Sarmiento)
Tesorero: Gastón Lauriente (Colegio de Abogados de General Roca)
Vocal: José Rodas Fernández (Colegio de Abogados de Río Grande).

A continuación se realizó la Junta de Gobierno de la FACA donde se eligieron las nuevas autoridades, quedando conformada la Mesa Ejecutiva:
PRESIDENTE. JOSE LUIS LASSALLE (Colegio de Abogados de San Nicolás) VICEPRESIDENTE 1º. MARIEL M. TSCHIEDER (Colegio de Abogados de Rafaela)
VICE PRESIDENTE 2°. JOSE ALEJANDRO SANCHEZ (Consejo de Abogados de Resistencia)
VICE PRESIDENTE 3°. SILVIA GRACIELA SORIA D’ERRICO (Colegio de Abogados de Córdoba)
SECRETARIO. MARCELO C.C. SCARPA (Colegio de Abogados de San Isidro) PROSECRETARIO 1°. MARIA FALCONIER (Colegio de Abogados de Salta) PROSECRETARIO 2°. ENRIQUE MARCIANO MARTINEZ (Colegio de Abogados de Entre Ríos)
TESORERO. MARIA DEL LUJAN MOLINA (Colegio de Abogados de Corrientes)
PROTESORERO. RAMON FAUSTINO PEREZ (Colegio de Abogados de Trenque Lauquen)
VOCALES TITULARES: MARIA FERNANDA ROSALES ANDREOTTI (Colegio de Abogados de Catamarca) FACUNDO CARRANZA (Colegio de Abogados de Rio Cuarto) ANA SILVIA GAGGERO (Colegio de Abogados de Bariloche) MARCELO TERENZIO (Colegio de Abogados de Rosario) PATRICIA LEVA (Colegio de Abogados de Mercedes) GUSTAVO OTEGUI PEREZ (Colegio de Abogados de Villa Mercedes)
VOCALES SUPLENTES: ROSALIA SILVESTRE(Colegio de Abogados de la Ciudad de Bs As) NICOLAS ALBERTO DEMITRIOU (Colegio de Abogados de Comodoro Rivadavia) ELOISA BEATRIZ RAYA de VERA (Colegio de Abogados de Moreno- General Rodriguez)
REVISORES DE CUENTAS: MAURICIO ANDRES PASCHETTI (Colegio de Abogados de Marcos Juárez) DIANA MELISA HUERGA CUERVO (Asociación de Abogados de Rio Gallegos) GUSTAVO DANIEL DELPOZZI (Colegio de Abogados de San Rafael).




Represión en Chubut. Repudio del colegio público de abogados de Puerto Madryn

El Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn repudia el uso desmedido de la fuerza pública, durante la manifestación realizada en el día de hoy en la ciudad de Rawson, contra un grupo de docentes que ejercían pacíficamente su derecho constitucional a manifestarse.

Es un deber de la abogacía organizada, impuesto por la Ley de colegiación pública, preservar y profundizar el Estado de Derecho y consustanciarse con la defensa de los Derechos Humanos, entendidos como una unidad inescindible de derechos civiles y políticos, y derechos económicos, sociales y culturales conforme los contenidos de la Constitución Nacional, la Constitución de la provincia del Chubut y de las declaraciones, cartas, pactos y tratados internacionales ratificados por la República Argentina.

Estos actos de violencia institucional afectan gravemente las garantías constitucionales y desligitima al Estado de Derecho que debe construirse no sobre la violencia, sino sobre la base de un sistema democrático en el que exista un diálogo social efectivo y se respeten los derechos de todos.

Reclamamos, una vez más, que frente a la grave crisis que afecta a nuestra provincia, las autoridades asuman con responsabilidad el mandato que la ciudadanía les ha conferido, para recuperar la paz social y garantizar a los chubutenses el pleno goce de sus derechos constitucionales.

Directorio del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn.




Canje de tierras entre la municipalidad de Puerto Madryn y el ISSYS en Playa Kaiser

Resultado de las presentaciones efectuadas por el Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn ante el Tribunal de Cuentas, Oficina Anticorrupción y Ministerio Público Fiscal.

En el mes de marzo del año 2018 el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Puerto Madryn aprobó la ordenanza 10.174 que ratificó el convenio de reconocimiento de deuda y acuerdo de dación en pago suscripto el día 04/01/2018 entre el ISSyS (Instituto de Seguridad Social y Seguros –SEROS) y el Intendente Ricardo Sastre frente a la deuda que -según se informó en ese entonces- ascendía a un poco más de 174 millones de pesos por omitir, las autoridades municipales, el depósito de los aportes y contribuciones de sus empleados al sistema de la seguridad social provincial durante varios años.

Previo a la sanción de la ordenanza, el Colegio de Abogados de Puerto Madryn cumpliendo con la obligación de colaborar con los poderes públicos en la elaboración de la legislación (Ley XIII- 11 art. 20 inc. f), hizo saber al Concejo Deliberante que el convenio celebrado transformaría en nula la ordenanza que lo apruebe porque aquél adolecía de graves irregularidades, como una valuación incorrecta de las tierras otorgadas en pago que conllevaría un vicio en el elemento causa del acto de disposición; la exención en el pago del impuesto inmobiliario y tasas retributivas de servicios por el plazo de 20 años; la renuncia del municipio a establecer en el lugar espacios verdes públicos; el permiso de parcelamientos y demás valores urbanísticos como factor de ocupación y construcciones en altura que distorsionarían las pautas urbanísticas previstas para la zona, otorgando -con todos estos beneficios excepcionales- un valor inmobiliario muy superior al importe de la operación de dación en pago.

Destacamos también como inadmisible que se afecte el patrimonio de todos los madrynenses para cancelar una deuda que podría configurar un ilícito penal, quebrantando el requisito de legalidad del acto administrativo derivado del artículo 19 de la Constitución Nacional frente a la transgresión del orden y la moral pública, en perjuicio de todos los ciudadanos de Puerto Madryn. Al respecto, debe tenerse presente lo que estipula el Régimen Penal Tributario vigente que contempla el delito de apropiación indebida de recursos de la seguridad social (conf. art. 7º RPT).

Pusimos en conocimiento del Concejo Deliberante que, en todo el procedimiento, se omitió cumplir con lo que prescribe la Constitución Provincial en su artículo 233, inc. 10 y la Carta Orgánica Municipal en su artículo 210, que requieren que toda enajenación de bienes inmuebles del Municipio, excepto las tierras para viviendas sociales, deba efectuarse mediante ofrecimiento público, con garantía de publicidad, concurrencia e interés público, además de requerir el voto de los dos tercios del total de los miembros del Cuerpo deliberativo. En razón de ello, la venta de estos bienes solo podía efectuarse por ofrecimiento público, siempre que dicha estimación de ingresos de recursos y el destino de los mismos, esté debidamente contemplada en el presupuesto municipal, a fin de garantizar con ello la irrestricta sujeción al principio de legalidad que rige todo el obrar de las autoridades estatales.

También el Directorio del Colegio de Abogados de Puerto Madryn efectuó presentaciones ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, donde tramita el expediente 1705/2018 “CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA Y DACION DE PAGO ENTRE EL ISSYS Y MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN”, en el cual la Cdra. Mónica Carola de Godos, Relatora Fiscal, concluyó que existen inconsistencias en la contabilidad municipal y que los aportes retenidos por el Gobierno provincial al Municipio, en concepto de Coparticipación de Impuestos, Regalías Hidroeléctricas, Petroleras, Gasíferas y Bono de Coparticipación de impuestos, y que fueron destinados al pago de la deuda con el ISSyS, “son muy superiores a los pagos que ha contabilizado el Municipio, y a su vez son muy superiores, incluso a los importes devengados presupuestariamente por el Municipio a favor del ISSyS”.

Destacó, además, que los saldos exigibles por jubilación y obra social eran sensiblemente inferiores a los que se consolidan como deuda en el convenio cuestionado y que en ningún momento aparece el ISSyS en los listados de deuda exigible presentados por los responsables, a pesar de presentar un detalle de órdenes de pago que conformarían la deuda.

Analizó la funcionaria que las modificaciones efectuadas recientemente por las ordenanzas 10.436, 10.437 y 10.489 a los presupuestos municipales de los años 2015 y 2016 para incluir una deuda no contabilizada con el ISSyS, no tienen ninguna implicancia contable o financiera pues debió establecerse la imputación de la deuda en forma contemporánea al devengamiento de la deuda a favor del ISSyS.

Concluyó la relatora fiscal que “del análisis de la información presentada, es decir de la Contabilidad de la Municipalidad de Puerto Madryn, no surge que adeude los importes por los cuales celebró el acuerdo de compensación de deuda por dación en pago de terrenos con el Instituto de Seguridad Social y Seguros de la provincia del Chubut”.

También la Oficina Anticorrupción a cargo del Dr. Guillermo Hansen se pronunció el día 21 de octubre pasado frente a las actuaciones de oficio “DACION EN PAGO SEROS- PUERTO MADRYN s/ Investigación” y presentación del Colegio de Abogados de Puerto Madryn, cuestionando el acuerdo celebrado con el dictamen de la relatora fiscal, en tanto la deuda no existía o se adeudaba menos, carecía de un dictamen jurídico previo a la emisión del acto administrativo y recomendó al Municipio de Puerto Madryn que se abstenga de escriturar los inmuebles involucrados en el convenio hasta tanto se expida el Tribunal de Cuentas de la provincia respecto de la existencia o no de la deuda que mantendría con el ISSyS en concepto de aportes y contribuciones previsionales y de obra social, y que en todos los casos dé intervención al servicio jurídico para garantizar la legalidad de las decisiones administrativas.

Ante las conclusiones de la funcionaria del Tribunal de Cuentas de la provincia, dictamen respecto del cual aún no se pronunció el pleno del Tribunal de Cuentas, el Procurador General Dr. Jorge Luis Miquelarena remitió copia de las actuaciones a la Unidad Fiscal Especializada del Ministerio Público Fiscal con asiento en la ciudad de Trelew.

Directorio del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn

Dictamen del Tribunal de Cuentas:

https://drive.google.com/file/d/1bnFiMPduyZ4BNa9n_oTPTqrWPton5CdJ/view

Resolución de la Oficina Anticorrupción:

https://drive.google.com/file/d/1XXwMmr7vKGczlPc6d4Lpj38OTR0g-4Jn/view




Elección del representante de los abogados en Puerto Madryn en el consejo de la magistratura

Nuestro Colegio de Abogados ha recibido de parte del Superior Tribunal de Justicia la comunicación por medio de la cual se hace la convocatoria a las elecciones para los Consejeros que integraran el Consejo de la Magistratura de la Provincia del Chubut.

Conforme surge de las resoluciones adoptadas, el día viernes 25 de octubre de 2019 en el horario de 8 a 12 hs. se llevará a cabo en las instalaciones de la Biblioteca de los Tribunales locales (sita en la calle Mosconi Nº 44 de nuestra ciudad) el acto eleccionario para la designación del representante de los Abogados de la Circunscripción Judicial Puerto Madryn.

En la oportunidad los matriculados en el CPAPM podrán elegir un representante titular y un representante suplente, ambos masculinos (conforme lo informado por el Concejo de la Magistratura, por aplicación de la Ley V Nº 155 de Igualdad de Género) que cumplan con el requisito de poseer una antigüedad de más de 10 años en el título (conf. Art. 187 Constitución Provincial).




El CPAPM lamenta el fallecimiento de las docentes Ruiz Dias y Aguilar

El Colegio Público de Abogados de la ciudad de Puerto Madryn lamenta profundamente el fallecimiento de las docentes Jorgelina Ruiz Díaz y Cristina Aguilar, ocurrido al regresar a la ciudad de Comodoro Rivadavia en ocasión de manifestarse por la falta de pago de sus salarios por parte del gobierno de la provincia del Chubut.

Siendo funciones de la abogacía afianzar la justicia, preservar y profundizar el Estado de Derecho, consustanciándose con la defensa de los Derechos Humanos, entendidos como unidad inescindible de derechos civiles y políticos, y derechos económicos, sociales y culturales, conforme los contenidos de la Constitución Nacional, la Constitución de la provincia del Chubut y de las declaraciones, cartas, pactos y tratados internacionales ratificados por la República Argentina, exhortamos -una vez más- a los poderes del Estado provincial a que restablezcan la paz social.

La falta de funcionamiento de los organismos del Estado, en todos los poderes, como consecuencia de no abonar los salarios de los empleados en tiempo y forma, afecta a los derechos humanos básicos de los chubutenses, entre ellos el derecho al cobro de una remuneración, a la salud, seguridad y de acceso a la Justicia.

En tiempos de graves trastornos económicos, sociales y políticos, las circunstancias exigen el compromiso de todos los sectores de nuestra sociedad para lograr una salida institucional a la crisis política y económica que afecta a nuestra provincia, en particular del Poder Judicial, último refugio de los ciudadanos para la protección de sus derechos.