La Corte revocó por unanimidad una sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había suspendido como medida cautelar los aumentos en la tarifa eléctrica

Para el Tribunal, carecen de legitimación quienes iniciaron la causa para actuar en representación de todos los usuarios. La demanda había sido presentada por un grupo de diputados de la provincia de Buenos Aires, el secretario general de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires y el Partido Justicialista de la provincia de Buenos Aires.

La Corte dijo que los diputados presentantes, el secretario general de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires y el Partido Justicialista de dicho Estado carecen de legitimación para actuar en representación del colectivo conformado por todos los usuarios del servicio de energía eléctrica del ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires.

En cuanto a la presentación del Club Social y Deportivo “12 de octubre”, que también adhirió a la demanda, la Corte dijo que si bien no invoca la calidad de representante de todos los usuarios de la provincia, y por ende no los puede representar, se reenvían las actuaciones al juez de primera instancia para que verifique si dicho club representa a alguna categoría determinada de clubes de barrio o de pueblo.

Centro de información Judicial




Día del Abogado

El 19 de diciembre de 1958 la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) aprobó por unanimidad consagrar como “Día del Abogado” para todo el país, el 29 de agosto de cada año, fecha en que naciera el insigne abogado Juan Bautista Alberdi, autor intelectual de la Constitución Nacional.

Hoy, rescatamos los principales valores de la profesión del Abogado por su rol primordial en la sociedad, contribuyendo al equilibrio jurídico, con espíritu ético y moral, procurando salvaguardar los derechos humanos, cambiando la realidad en función de la solución de los conflictos, teniendo como fin último preservar la paz y las libertades, en el marco del sistema republicano y democrático, respetando y exigiendo que se respete la división de poderes, como herramienta fundamental del estado de derecho.

La Comisión Directiva del Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn aprovecha la ocasión para saludar a sus matriculados, haciéndolo extensivo a todos los abogados que ejercen la profesión desde distintos ámbitos; quienes diariamente abogan en defensa de los principios de legalidad y justicia, honrando la memoria del destacado jurista.

Puerto Madryn, 29 de Agosto de 2016.

Patricio Castillo Meisen
Presidente
Sergio Fassio
Vicepresidente
Laura Grandmontagne
Secretaria
Claudia Bocco
Tesorera
Luis Angel Novoa
Vocal
Hipólito Giménez
Vocal
Ricardo Gabilondo
Vocal
Carlos Gustavo Del Marmol
Vocal suplente
Marisa Willatowsky
Vocal suplente




Ley 27260 de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados

La Federación Argentina de Colegios de Abogados valora los esfuerzos realizados por el Estado Nacional en pos de asegurar a sus jubilados y pensionados el goce de los derechos previsionales que fueron postergados durante tanto tiempo.

Sin perjuicio de ello, no puede dejar de advertir que resulta conveniente que el reconocimiento de todo derecho no esté sometido, por estado de necesidad o premura, a renuncias inconciliables con el ejercicio de los mismos.

Que no se puede dejar de considerar que se pretende legalizar, mediante la homologación de los acuerdos transaccionales, la renuncia a derechos actuales y futuros sobre beneficios de la seguridad social que se encuentran claramente reconocidos en la Constitución Nacional, e incluso en la propia ley, que tienen el carácter de irrenunciables (art. 14 bis de la C.N., y principios de jerarquía constitucional reconocidos en los tratados de derechos humanos).

Que, por ello, resulta indudablemente imprescindible un análisis profundo y especializado de la situación de cada pasivo en particular, para dar conformidad o no a la firma de un acuerdo que implica la renuncia de estos derechos.

Por lo demás, surge evidente que el Decreto Reglamentario N ° 894/16 ha fijado un monto de honorarios, en forma unilateral, que es indigno e irrazonable por la labor profesional, teniendo en cuenta la tarea que el análisis de la situación presenta; sin perjuicio de la libertad de acordar al respecto. La fijación de honorarios, por medio de un decreto reglamentario, vulnera además el principio de legalidad.

Finalmente, no debe dejar de señalarse el rol que, en este proceso y durante décadas, han tenido los abogados en defensa de los derechos de jubilados y pensionados. No puede dudarse que su actual reconocimiento legislativo, aunque sea parcial, ocurre precisamente gracias a la minuciosa, efectiva y perseverante tarea de los abogados que, durante más de treinta y cinco años, los han hecho valer.

Que, en consecuencia, la Federación Argentina de Colegios de Abogados manifiesta:

  1. Que se encuentra realizando gestiones ante las Autoridades Nacionales en virtud de lo expresado precedentemente.
  2. Que el Instituto de Estudios Legislativos (IDEL), continua con el estudio de la normativa mencionada.
  3. Regístrese, Publíquese, Archívese.

Buenos Aires, 24 de agosto de 2016

FEDERACIÓN ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS




“Jornadas de Mediación Comunitaria” que se llevaran a cabo en la ciudad de Trelew, los días 8 y 9 de agosto de 2016

Estas jornadas están organizadas por la Municipalidad de Trelew (Oficina de Mediación Comunitaria del Área de la Agencia de Seguridad y Prevención), Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut y Nación, Asociación de Mediadores de la Provincia del Chubut, Fundación Tercer Milenio, Ateneo Perón-Balbín, UNPSJB.

Se desarrollarán como charlas y talleres a cargo del reconocido especialista en la materia Dr. Alejandro Nató (abogado mediador, coordinador de la Oficina de Gestión de Conflictos del Defensor del Pueblo de la Nación).

El objetivo es difundir propósitos y objetivos de la mediación comunitaria como así también técnicas de facilitación de la comunicación. Se dividen en tres módulos, conforme sus destinatarios y la acreditación deberá efectuarse media hora antes del inicio de cada módulo.

Cronograma:

Lunes 8 de agosto:

Jornada de Mediación Comunitaria: Los conflictos sociales urbanos, dirigida al personal de la administración pública, y abierta la comunidad en general. Lugar: Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, sede Trelew, aula 27. Horario: 17:00 a 20:00 horas.

Martes 9 de agosto:

La mediación y las fuerzas de seguridad: instrumentos y mecanismos para evitar la violencia. Destinatarios: fuerzas de seguridad. Horario: 9:00 a 12:00 horas.

16:00 a 19:00 horas: Jornada de Mediación Comunitaria: Mecanismos de alerta temprana para la atención de la conflictividad. Charla de reflexión para mediadores profesionales.

Lugar: Ateneo Perón – Balbín. Inmigrantes 122 Trelew.

Informes e inscripción: mediaciontrelew@gmail.com Te: 280 154220591.

A efectos de la inscripción vía correo electrónico se solicita determinar en el asunto de mensaje la Jornada de su interés, consignar datos personales: apellido y nombre; DNI; teléfono de contacto, y organismo al que pertenece.

Se entregarán certificados de asistencia.

Defensoría del Pueblo – Provincia del Chubut.




Fiesta del día del abogado

Los invitamos a celebrar el día del abogado el 2 de setiembre a las 22 horas en Belgrano N° 323. Valor de la Tarjeta: $520 (menos de un IUS)

El servicio incluye:

  • Recepción: copa champagne, o copetín frutal con alcohol.
  • Entrada: nachos, chedar con variedad en salsas para acompañar, papas fritas clásicas, fritas chedar, fritas aztecas, fritas chimi mayo.
  • Platos principales: burritos mixtos (pollo, ternera ,cerdo), burritos de atún, burritos vegetarianos, tacos mixtos, fajitas, acompañados de variedad de salsas típicas tek mex.
  • Postre helado: almendrado, casata, bombón irlandés.
  • Bebida para cena: vino, cerveza, gaseosa, agua.

Mesas servidas distribuidas por el salón con lugares para sentarse, mas servicio de mozas (bandejas).
Música y DJ.

Barra de tragos: Fernet con cola, Campari, Daiquiri, Cerveza, Gancia, Champagne.
Las entradas están, desde hoy, a la venta en la sede del colegio de abogados.




Federación Argentina de Colegios de Abogados

VISTO:
La presentación efectuada por el Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn y la resolución 1945 /16 del Colegio Público de Abogados de Comodoro Rivadavia relacionadas ambas, con el procedimiento de designación de los Ministros que cubrirán las vacantes del Superior Tribunal de Justicia de la provincia del Chubut,

Y CONSIDERANDO:

Que el artículo 166 de la Constitución de la Provincia del Chubut establece que los Ministros del Superior Tribunal de justicia son designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Legislatura siempre que se obtenga una mayoría calificada.

Que resulta procedente implementar un proceso de selección de los magistrados que reglamente el ejercicio de la facultad que le asignan los artículos 155 inc. 9 y 166 de la Constitución de la Provincia del Chubut, estableciendo parámetros a tener en cuenta para la mejor selección de los propuestos, similares a los establecidos por el decreto 222/03.

Que ante la falta de respuesta del gobernador, se efectuó una propuesta a la Legislatura Provincial, para que por medio de la modificación de su procedimiento interno implemente un sistema de audiencias públicas previo a dar acuerdo a los candidatos designados por el Ejecutivo.

Que mediante este procedimiento tanto los ciudadanos como los Colegios de Abogados podrían formular observaciones a las calidades y méritos de las personas designadas por el Poder Ejecutivo.

Que no obstante lo precedente resultaría procedente que la facultad del Ejecutivo sea reglamentada, estableciendo parámetros a tener en cuenta para la mejor selección de los candidatos propuestos.

Que resulta conveniente con la reglamentación pretendida, posibilitar la acreditación de aspectos relativos a la trayectoria profesional y académica, los compromisos públicos y privados, la ética para la función pública y el cumplimiento de las obligaciones impositivas de los candidatos.

Que sin perjuicio de lo citado sería un avance la fijación de las audiencias públicas a efectuarse ante el Poder Legislativo, ya que solo de este modo se podrá participar para ponderar una correcta valoración de los candidatos.

Que es convicción de la Colegiación de la Provincia que la designación de los futuros magistrados debe hacerse basada en la incorporación de ministros capaces, libres, responsables, honestos e independientes, asegurando una justicia imparcial, cuya finalidad es garantizar la libertad y los derechos de los ciudadanos en el marco de una democracia constitucional.

Que nuestra Federación ha pretendido y siempre ha bregado por una mejora institucional de los Poderes Judiciales federales y provinciales.

POR ELLO LA MESA DIRECTIVA DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE COLEGIOS ABOGADOS, RESUELVE:

1) Apoyar las propuestas de los Colegios de Abogados de la Provincia del Chubut fijándose por lo menos un sistema de audiencias públicas para evaluar los antecedentes de los candidatos a formar parte del Superior Tribunal.

2) Que no obstante lo mencionado precedentemente, el objetivo debe ser que en la Provincia se reglamente un procedimiento similar al previsto en el Decreto Nacional 222/03, en cuanto el ejercicio de la facultad conferida por los art. 155 inc.9 y 166 de la Constitución de la Provincia del Chubut, al Señor Gobernador.

3) Que resulta también urgente y necesario exhortar al poder Político a arbitrar los medios necesarios para cubrir las vacantes existentes en el más Alto Tribunal Provincial.

4) Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, al Ministerio de Justicia de la Provincia y al Poder Legislativo de la Provincia; cada uno en su esfera de competencia respecto de lo postulado en la presente resolución.

5) Regístrese, dese amplia difusión en todos los medios nacionales y provinciales y archívese.

Buenos Aires. 12 de julio de 2016.-

Dr. P. Santiago A. Orgambide
Secretario